DECRETO 238/2008, de 16 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 126/1991, de 1 de agosto, de la Diputación General de Aragón, por el que se establecen las Clases de especialidad pertenecientes a las Escalas de cada Cuerpo de Funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Fecha de Entrada en Vigor24 de Diciembre de 2008
SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

DECRETO 238/2008, de 16 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 126/1991, de 1 de agosto, de la Diputación General de Aragón, por el que se establecen las Clases de especialidad pertenecientes a las Escalas de cada Cuerpo de Funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

La Ley 11/1997, de 26 de noviembre, sobre medidas urgentes en materia de personal procedió a la modificación de la denominación de la Escala Auxiliar Sanitaria y de Salud Mental por la de Escala Auxiliar de Enfermería, que figuraba en el Decreto 126/1991, de la Diputación General de Aragón, por el que se establecen las Clases de especialidad pertenecientes a las Escalas de cada Cuerpo de Funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

A efectos de lograr una efectiva coordinación entre dicha Escala y las Clases de especialidad incluidas en la misma, el Decreto 192/2000, de 7 de noviembre, del Gobierno de Aragón, creó en la Escala Auxiliar de Enfermería, con la misma denominación, una única Clase de especialidad.

Con la finalidad de despejar cualquier duda que pudiera existir en relación a la movilidad inter-administrativa del personal integrado en la Clase de especialidad Auxiliar de Enfermería, se estima necesario modificar el Decreto 126/1991, de la Diputación General de Aragón, por el que se establecen las Clases de especialidad pertenecientes a las Escalas de cada Cuerpo de Funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, añadiendo una disposición adicional que determine la condición de personal sanitario, a efectos de movilidad, del perteneciente a la referida Clase de especialidad.

Por todo ello, a propuesta del Consejero de Presidencia y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su...

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