Circular número 9/1992, de 26 de mayo, a Entidades de crédito, sobre Balances públicos.

MarginalBOE-A-1992-12143
SecciónI - Disposiciones Generales
Rango de LeyCircular

La Circular 4/1991, de 14 de junio, estableció la obligación, para determinadas clases de Entidades de crédito, de publicar un Balance mensual ajustado al modelo aplicable a las cuentas anuales. Dicho modelo presenta el saldo de pérdidas y ganancias. La publicación de ese saldo sin encuadrarse en un análisis de la cuenta de resultados que permita su correcta interpretación tiene escaso valor informativo, y puede llamar a engaño sobre la situación de las Entidades. En consecuencia, el Banco de España dispone:

Norma primera.

Se añade el siguiente apartado a la norma cuadragésimo novena de la Circular 4/1991, de 14 de junio, sobre normas de contabilidad y modelos de estados financieros de las Entidades de crédito:

<3. En los Balances públicos de los meses que no correspondan con...

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