SAP Madrid 352/2004, 28 de Mayo de 2004
Ponente | D. MIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZO |
ECLI | ES:APM:2004:7797 |
Número de Recurso | 15/2004 |
Número de Resolución | 352/2004 |
Fecha de Resolución | 28 de Mayo de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 19ª |
D. MIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZOD. NICOLAS PEDRO MANUEL DIAZ MENDEZD. RAMON RUIZ JIMENEZ
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 19
MADRID
SENTENCIA: 00352/2004
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN 19ª
ROLLO: RECURSO DE APELACION 15 /2004
Procedimiento: MENOR CUANTIA 504/1992
Juzgado de 1ª Instancia nº 2 DE COLLADO-VILLALBA
Apelante/s: D. Mauricio
Procurador: Sra. Maroto Gómez
Apelado/s: TELEFONICA DE ESPAÑA SA. D. Gerardo
Procurador: Sra. Martínez Gordillo. Sr. García Fernández
SENTENCIA Nº 352
PONENTE: ILMO. SR. D. MIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZO
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. NICOLAS DIAZ MENDEZ
D. RAMON RUIZ JIMENEZ
D. MIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZO
En MADRID a, veintiocho de mayo de dos mil cuatro .
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 19 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de JUICIO VERBAL 504 /1992, procedentes del JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 2 de COLLADO VILLALBA , a los que ha correspondido el Rollo 15 /2004 , en los que aparece como parte apelante D. Mauricio representado por la Procuradora Dª. MARIA DOLORES MAROTO GOMEZ, y como apelado D. Gerardo TELEFONICA DE ESPAÑA, S.A. representados, respectivamente, por los Procuradores D. GUMERSINDO LUIS GARCIA FERNANDEZ y Dª ISABEL MARTINEZ GORDILLO.
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Collado-Villalba se dictó sentencia de fecha 31-10-01 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando parcialmente la demanda presentada por la representación procesal de Mauricio debo condenar y condeno a Javier (en la persona de sus herederos legales en la forma y medida que hayan aceptado la herencia) a pagar a la actora la cantidad de doce millones de pesetas (o, setenta y dos mil ciento veintiún euros con cuarenta y cinco céntimos) por el fallecimiento de Julia y nueve millones de pesetas (cincuenta y cuatro mil noventa y un euros con nueve céntimos) por el fallecimiento de Silvia. Ha lugar absolver a los restantes codemandados. Las costas se devengarán de la forma establecida en el fundamento de derecho octavo".
Notificada que fue la anterior resolución, contra la misma se interpuso recurso de apelación por D. Mauricio, que fue admitido a trámite en ambos efectos, con traslado a la adversa que formuló oposición al mismo, remitiéndose las actuaciones a este Tribunal.
Una vez recibidos los autos en esta Sala, se procedió a la formación del correspondiente rollo de Sala, designación de Magistrado Ponente y señalamiento de día para la deliberación y votación, la cual tuvo lugar el once de los corrientes.
En la tramitación de esta alzada se han observado las prescripciones legales.
Tres son los motivos en los que la parte apelante basa su recurso; en primer lugar se refiere a la desestimación de la demanda contra la entidad propietaria del vehículo aduciendo que dicha responsabilidad deriva del art. 1903 Cc en tanto y en cuanto el conductor codemandado y que resulta condenado en la sentencia apelada era empleado de aquélla, y aunque estuviese en el momento del accidente dando al automóvil un uso particular, frente a terceros perjudicados debe responder la compañía propietaria del mismo. En segundo lugar aduce del mismo modo la procedencia de la responsabilidad del otro conductor codemandado en cuanto a la forma de producción del accidente; y por último impugna el pronunciamiento que en materia de costas procesales recoge la sentencia combatida.
Respecto de la primera cuestión debatida la sentencia dictada analiza el alcance de la responsabilidad de la compañía propietaria del vehículo en el que viajaban las personas fallecidas, llegando a la conclusión de que dicha entidad no debe responder de la conducta de su empleado (fundamento jurídico sexto), y ello en función de...
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ATS, 12 de Junio de 2007
...contra la Sentencia dictada, con fecha 28 de mayo de 2004 por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 19ª), en el rollo de apelación nº 15/2004 dimanante de los autos de Juicio Verbal número 504/1992 del Juzgado de Primera instancia nº 2 de Collado - Mediante Providencia de 10 de septiem......