SAP Lugo 689/2000, 3 de Noviembre de 2000
Ponente | FRANCISCO CAAMAÑO PAJARES |
ECLI | ES:APLU:2000:767 |
Número de Recurso | 118/2000 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 689/2000 |
Fecha de Resolución | 3 de Noviembre de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Lugo, Sección 1ª |
SENTENCIA NUMERO 689
Iltmos Señores
Presidente
Don Francisco Caamaño Pajares
Magistrados
Don Andrés Neira Medín
Don Remigio Conde Salgado
En la Ciudad de Lugo a tres de noviembre de dos mil.
La Sección Primera de la Ilma Audiencia Provincial de Lugo ha visto en grado de apelación el Rollo de Sala número 118 de 2000 dimanante de los autos del juicio ejecutivo número 115 de 1.997 del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción número UNO , siendo apelante la parte demandada HERCULES HISPANO S.A. representada por el procurador Sr. Martin Buitrago Calvet y asistida de la Letrada doña Pilar García Puertas Taboada, y como apelado el demandante D. Benito , representado por el Procurador Sr, Posadas Veiga y bajo la dirección del Letrado D. Oscar Núñez Torrón Latorre, y siendo Ponente el Magistrado Ilmto. Sr, Don Francisco Caamaño Pajares .
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Que con fecha veintiseis de noviembre de mil novecientos noventa y nueve por el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción número UNO de Lugo, se dictó una sentencia cuya parte dispositiva dice: FALLO Que desestimando las excepciones de culpa exclusiva de la víctima y la de plus petición opuesta por la aseguradora Hercules Hispano S.A. y estimando la demanda deducida por D. Benito debo mandar y mando seguir adelante la ejecución despechada, hasta hacer trance y remate sobre los bienes embargados y que en lo sucesivo se embarguen a Hercules Hispano S.A. con su producto, hacer entereo y cumplido pago a la parte ejecutante de la suma de ocho millones novecientas cincuenta y seis mil ochocientas setenta y dos pesetas (8.956.872 ptas.) mas los intereses correspondientes (veinte por ciento desde la fecha del siniestro hasta el día en que se haga pago o se haga consignación) todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada.
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- En contra de la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación de la parte demandada que fue admitida en ambos efectos, elevándose los autos a esta Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes a fin de que comparecieran ante la misma a usar de sus derechos, lo que así hicieron en tiempo y forma dicha parte recurrente y la parte actora como apelados a las que se les dio traslado para su instrucción uy una vez hubieron evacuado éste trámite se señaló fecha para la vista la que tuvo lugar el día 27 de octubre de 2.000 a las 10.30 horas, en cuyo acta por los Letrados de...
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