Cierre registral por falta de depósito de cuentas, revocación de nif y baja en índice de entidades. Inscripción de poder

Resumen: No es posible la inscripción de un poder si la hoja de la sociedad está cerrada por falta de depósito de cuentas, por tener el CIF revocado y por estar de baja en la AEAT.

Hechos: Se presenta al Registro una escritura de apoderamiento otorgado hace 26 años.

Se deniega/suspende la inscripción por tres motivos:

- Falta de depósito de cuentas anuales.

-NIF revocado.

- Baja en el Índice de Entidades de la AEAT.

Se alega por el apoderado que la sociedad está en liquidación judicial y que el poder es necesario para todos los trámites que es necesario realizar con dicho motivo.

Resolución: Se confirma la nota.

Doctrina: Reitera el CD, una vez más, su doctrina acerca...

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