STSJ Comunidad Valenciana 456, 20 de Enero de 2006

PonenteRAFAEL SALVADOR MANZANA LAGUARDA
ECLIES:TSJCV:2006:456
Número de Recurso363/2004
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución456
Fecha de Resolución20 de Enero de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

Rollo de apelación num. 363/04 Juzgado Contencioso-Administrativo número 1 de Castellón Recurso número 49/2004 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA Sentencia número 59 /2.006 Ilmos. Sres.

Presidente Don Mariano Ferrando Marzal Magistrados Don Juan Climent Barberá

Don Rafael S. Manzana Laguarda En la Ciudad de Valencia, a veinte de Enero de dos mil seis.- VISTO por este Tribunal, el recurso de apelación, tramitado con el número de rollo 363/04, interpuesto contra la Sentencia num. 87/2004, de 26/Julio, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Castellón, en el recurso contencioso-administrativo número 49/04 ; y habiendo sido partes en el recurso: a) Como apelante, el AYUNTAMIENTO DE ONDA y b) Como apelado, D. Jesús ; y Ponente el Ilmo.

Sr. Magistrado Don Rafael S. Manzana Laguarda, quien expresa el parecer de la Sección.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de instancia se dictó la Sentencia a la que se ha hecho referencia, y cuyo fallo dispone literalmente: "Estimar el recurso contencioso administrativo presentado por D. Jesús contra el Decreto 126/04, de 22 de Enero , dictado por el Teniente de Alcalde de Presidencia del Ayuntamiento de Onda por el que se desestima el recurso de reposición interpuesto por el actor contra el Decreto del Teniente de Alcalde del área de

Presidencia del citado Ayuntamiento num. 2108/03, de 1 de diciembre, por el que se acuerda el cese reglamentario de D. Jesús como conserje interino del Ayuntamiento de Onda, reconociendo al mismo como situación jurídica individualizada el reintegro al puesto de trabajo, así como al abono de las nóminas dejadas de percibir desde la fecha del cese, condenando al Ayuntamiento de Onda a estar y pasar por tal declaración y sin hacer expresa condena en costas".

SEGUNDO

Por el AYUNTAMIENTO DE ONDA se interpuso recurso de apelación contra la citada sentencia, y, tras efectuar las alegaciones que estimó oportunas, solicitó que se dictase sentencia por la que se revocara el pronunciamiento contenido en la dictada por el Juzgado de Instancia y se acogieran sus pretensiones.

TERCERO

El Juzgado de instancia proveyó admitiendo el recurso y dio traslado del mismo a la parte apelada para que, en el plazo de quince días, pudiera formalizar su oposición; cumplido este trámite, se acordó la remisión a este Tribunal de los autos, expediente administrativo y escritos presentados; y una vez recibidos y formado el correspondiente rollo de apelación, se señaló para la votación y fallo del recurso el día once de los corrientes, en cuya fecha tuvo lugar.

CUARTO

En la sustanciación de este proceso se han observado en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurrente fue nombrado, mediante Decreto de 12/Noviembre/2002, del Alcalde del Ayuntamiento de Onda , funcionario interino para desempeñar el puesto de conserje, tras haber superado la convocatoria para la provisión de dicho puesto entre personal con minusvalía, con arreglo a las Bases aprobadas el 2/Septiembre/2002.

Mediante Decreto de 1/Diciembre/2003, del Teniente de Alcalde del Area de Presidencia , se dispone su cese, al no existir las razones que determinaron la cobertura del...

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