STSJ Galicia , 28 de Abril de 2004
Ponente | BENIGNO LOPEZ GONZALEZ |
ECLI | ES:TSJGAL:2004:2913 |
Número de Recurso | 387/2003 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 28 de Abril de 2004 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
01 /000387 /2003 SECCION PRIMERA EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la siguiente:
SENTENCIA Nº 350/ 2004 SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Ilmos. Sres.
D. GONZALO DE LA HUERGA FIDALGO. PTE. D. BENIGNO LOPEZ GONZALEZ.
D. FERNANDO SEOANE PESQUEIRA.
En la Ciudad sede de este Tribunal, a veintiocho de abril de dos mil cuatro.
En el proceso contencioso-administrativo que con el número 01 /000387 /2003 pende de resolución de esta Sala, interpuesto por LA ASOCIACION DE LA COMISION DE TECNICOS DE HOSPITALES DE GALICIA-COTEHGA, representada por el procurador D. PASCUAL GANTES DE BOADO, contra Decreto 186 /2003 de 6 de marzo , sobre requisitos y condiciones de autorización de los Centros Hospitalarios de Galicia. Es parte como demandada LA ADMINISTRACION AUTONOMICA, representada y dirigida por el LETRADO DE LA XUNTA DE GALICIA; siendo la cuantía del recurso la de INDETERMINADA.
Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que se realizó a medio de escrito en el que en síntesis contiene los siguientes HECHOS: En el DOG de fecha 20 de marzo de 2003, se publicó el Decreto 186 /2003, de 6 de marzo , por el que se fija el procedimiento, y los requisitos y las condiciones de autorización de los centros hospitalarios de la Comunidad Autónoma de Galicia, el citado Decreto de compone de 13 artículos y es precisamente ese vacío de regulación normativa que provoca una situación de incertidumbre legal y en consecuencia se interpone el presente recurso.- Invoca los fundamentos de derecho que estima procedentes, y suplica que se dicte sentencia declarando nulo el Decreto recurrido.
Conferido traslado de la demanda a la parte- evacuó dicho traslado a medio de escrito de oposición, con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y suplicando se dicte sentencia desestimando el recurso.
Declarado concluso el debate escrito quedan las actuaciones sobre la mesa para resolver.
Que en la sustanciación del presente recurso se han, observado las prescripciones legales.
VISTO: Siendo Ponente el Iltmo. Sr. DON BENIGNO LOPEZ GONZALEZ.
La Asociación Comisión de Técnicos de Hospitales de Galicia -COTEHGA- interpone recurso contencioso administrativo contra el Decreto 186/2003, de 6 de marzo , de la Consellería de Sanídad de la Xunta de Galicia, por el que se fija el procedimiento, los requisitos y las condiciones de autorización de los centros hospitalarios de la Comunidad Autónoma de Galicia.
La representación actora, conformada esencialmente por los Ingenieros Técnicos Industriales de los centros del SERGAS, postula en concreto la nulidad del apartado 5 del Anexo I del Decreto, referido a la estructura física,...
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