Orden FOM/4083/2004, de 10 de diciembre, por la que se rectifica la Orden FOM/3481/2004, de 7 de septiembre, por la que se eleva a definitiva la lista provisional de admitidos y excluidos a las pruebas selectivas convocadas para cubrir plazas de personal laboral en la categoría profesional de Técnico Superior de Actividades Técnicas de Mantenimiento y Oficios, grupo profesional 3, mediante contratación laboral fija, por el turno de promoción interna interdepartamental, en el Ministerio de Fomento.

MarginalBOE-A-2004-20968
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Fomento
Rango de LeyOrden
40752 Martes 14 diciembre 2004 BOE núm. 300
MINISTERIO DE FOMENTO
que se rectifica la Orden FOM/3481/2004, de 7 de
septiembre, por la que se eleva a definitiva la lista
provisional de admitidos y excluidos a las pruebas
selectivas convocadas para cubrir plazas de personal
laboral en la categoría profesional de Técnico Supe-
rior de Actividades Técnicas de Mantenimiento y
Oficios, grupo profesional 3, mediante contratación
laboral fija, por el turno de promoción interna inter-
departamental, en el Ministerio de Fomento.
Con fecha 28 de mayo de 2004 se publicó en el Boletín Oficial
del Estado la Orden FOM/1513/2004, de 14 de mayo, por la que se
convocaban las pruebas selectivas para cubrir plazas de personal
laboral en la categoría profesional de Técnico Superior de Activida-
des Técnicas de Mantenimiento y Oficios, grupo profesional 3, por el
turno de promoción interna interdepartamental.
En la base segunda apartado octavo letra c) de la convocatoria
se establecía que los aspirantes que optasen por las plazas convoca-
das para la especialidad de desarrollo y aplicación de proyectos de
construcción deberían tener asignada igual o análoga especialidad a
la convocada o estar en posesión del título de formación profesional
de técnico de grado superior de la especialidad correspondiente a la
plaza a la que aspiraban o título homologado conforme a la legisla-
ción vigente.
Posteriormente, con fecha 28 de octubre de 2004, se publicó
en el Boletín Oficial del Estado la Orden FOM/3481/2004, de 7
de septiembre, por la que se elevaba a definitiva la lista provisio-
nal de admitidos y excluidos a las pruebas selectivas convocadas
para cubrir plazas de personal laboral en la categoría profesional
de Técnico Superior de Actividades Técnicas de Mantenimiento y
Oficios, grupo profesional 3, mediante contratación laboral fija,
por el turno de promoción interna interdepartamental, en el Minis-
terio de Fomento. En el apartado primero de la referida Orden se
establecía que el Ministerio de Fomento había resuelto elevar a
definitiva la relación provisional de admitidos, que se encontraba
expuesta en los lugares indicados en la misma, en la que figuraba
Don Carmelo Ramón Pardillos. No obstante, revisada la instancia
presentada por el mismo, se ha comprobado que no cumple el
requisito previsto en la base segunda apartado octavo letra c) de
la convocatoria, ya que ha optado por una plaza convocada para
la especialidad de desarrollo y aplicación de proyectos de cons-
trucción cuando ni tiene asignada dicha especialidad o una aná-
loga ni está en posesión del título de formación profesional de
técnico de grado superior de la especialidad correspondiente a la
plaza a la que aspira o título homologado conforme a la legislación
vigente.
En consecuencia, dado que la inclusión del nombre de Don Car-
melo Ramón Pardillos en la lista provisional de admitidos, posterior-
mente elevada a definitiva, constituye un error de hecho, puesto que
en este caso concurren todas las características de este tipo de error,
que aparecen reflejadas en reiterada jurisprudencia del Tribunal
Supremo, tales como: el error debe ser ostensible, manifiesto e indis-
cutible, estar al margen de las diversas interpretaciones de la norma-
tiva aplicable, poder apreciarse teniendo únicamente en cuenta los
datos que figuran en el expediente y poder rectificarse sin que
padezca la subsistencia jurídica del acto.
Este Ministerio, en uso de las facultades conferidas por la Or-
den de la convocatoria y en aplicación del artículo 105.2 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-
nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ha
resuelto:
Rectificar el contenido de la Orden FOM/3481/2004, de 7 de
septiembre, por la que se eleva a definitiva la lista provisional de
admitidos y excluidos a las pruebas selectivas convocadas para cubrir
plazas de personal laboral en la categoría profesional de Técnico
Superior de Actividades Técnicas de Mantenimiento y Oficios, grupo
profesional 3, mediante contratación laboral fija, por el turno de
promoción interna interdepartamental, en el Ministerio de Fomento,
incluyendo en la relación de aspirantes definitivamente excluidos,
que figura en el Anexo de la misma, el nombre de Don Carmelo
Ramón Pardillos e indicando como causa de exclusión la reflejada en
la letra G) [No acreditar los requisitos de la base 2.8.C)].
Contra la presente Orden podrá interponerse potestativamente
recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano
que la dictó, o directamente recurso contencioso–administrativo, en
el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publi-
cación en el Boletín Oficial del Estado, ante el órgano competente del
orden jurisdiccional contencioso–administrativo.
Madrid, 10 de diciembre de 2004.–P.D. (Orden FOM/3564/2004,
de 19 de octubre, BOE de 3 de noviembre), la Subsecretaria, María
Encarnación Vivanco Bustos.
Subsecretaría del Departamento.
CONSEJO DE ESTADO
20969 RESOLUCIÓN de 25 de noviembre de 2004, del Con-
sejo de Estado, por la que se convoca concurso espe-
cífico de méritos para la provisión de puesto de tra-
bajo para Cuerpos y Escalas de los grupos C y D.
Este Consejo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20.1 de
la Ley 30/1984, de 2 de agosto y artículo 40.1 del Reglamento
General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General
del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo, ha dispuesto convocar concurso específico para cubrir el
puesto vacante que se relaciona en el Anexo I de esta Resolución,
con arreglo a las siguientes
Bases
Primera. 1. Podrán participar en el presente concurso los
funcionarios de carrera de la Administración del Estado que perte-
nezcan a Cuerpos o Escalas clasificados en los grupos C y D según el
art.º 25 de la Ley 30/1984, y que reúnan los requisitos establecidos
en la correspondiente relación de puestos de trabajo del Consejo de
Estado.
2. Podrán participar en esta convocatoria los funcionarios
comprendidos en la base primera cualquiera que sea su situación
administrativa, con las salvedades que se hacen a continuación:
2.1 Los funcionarios en activo que no hayan permanecido un
mínimo de dos años en el puesto de trabajo en que estuvieran desti-
nados con carácter definitivo, no podrán concursar, quedando excep-
tuados de dicho periodo de permanencia, quienes tuvieran su destino
definitivo en este Consejo de Estado.
2.2 Los funcionarios en situación de excedencia por cuidado
de familiares, al amparo de lo dispuesto en el artículo 29.4 de la
Ley 30/1984, de 2 de agosto sólo podrán participar si en la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes han transcurrido
dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo,
salvo que lo tuvieran reservado en este Consejo de Estado.
2.3 Los funcionarios en excedencia voluntaria por interés par-
ticular y por agrupación familiar y los que se encuentren en situación
de servicio en las Comunidades Autónomas sólo podrán participar si
llevan más de dos años en dicha situación el día de la terminación del
plazo de presentación de instancias. Asimismo, los funcionarios en
excedencia voluntaria incentivada sólo podrán participar en el con-
curso si han transcurrido cinco años desde su pase a dicha situa-
ción.
2.4 Los funcionarios declarados suspensos en firme, no podrán
tomar parte en el concurso si no han cumplido íntegramente el
periodo de suspensión de funciones.
3. Los funcionarios con destino definitivo deberán permanecer
en cada puesto de trabajo de destino definitivo un mínimo de dos
años para poder participar en el concurso, salvo que:
a) Hayan sido removidos de su anterior destino obtenido por
libre designación o concurso antes de haber transcurrido dos años
desde la correspondiente toma de posesión.
b) Procedan de un puesto de trabajo suprimido.
Segunda. 1. Las solicitudes para participar en el concurso se
acomodarán al modelo que figura como Anexo II/1, dirigiéndose al
Excmo. Sr. Secretario General del Consejo de Estado y habrán de
presentarse en la Secretaría General de este Consejo, calle Mayor 79,

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