STSJ Comunidad Valenciana 661/2006, 21 de Septiembre de 2006
Ponente | SALVADOR DE BELLMONT Y MORA |
ECLI | ES:TSJCV:2006:4904 |
Número de Recurso | 64/2005 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 661/2006 |
Fecha de Resolución | 21 de Septiembre de 2006 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Recurso número: 64/05
S E N T E N C I A N º 661
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA
COMUNIDAD VALENCIANA
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN PRIMERA
Iltmos. Sres.:
Presidente
D. EDILBERTO NARBON LAINEZ
Magistrados
D. SALVADOR BELLMONT Y MORA
D. JUAN LUIS LORENTE ALMIÑANA
En Valencia, a veintiuno de septiembre de dos mil seis.
Visto por la Sección PRIMERA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso administrativo núm. 64/05 promovido por el Procurador Fco. Javier Blasco Mateu en nombre y representación de Juan Enrique , contra resolución dictada por el TEAR en fecha 30-9-2004 en el expdte. nº 12/72/04, documento nº 6090/00 de la Oficina de Villareal sobre ITP, habiendo sido parte en autos la Administración demandada representada por el Abogado del Estado y la Consellería de Economía y Hacienda representada por el Letrado de la Generalidad.
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.
La representación de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.
No habiéndose recibido el proceso a prueba, ni solicitado por las partes para que presentaran escrito de conclusiones, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.
Se señala la votación para el día ocho de septiembre del presente año, teniendo así lugar.
En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales .
Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. SALVADOR BELLMONT Y MORA.
Que constituye el objeto del presente recurso, la impugnación que, por la actora se realiza, de la desestimación que, por el TEARV se realiza el 30-9-04, de su reclamación frente a la comprobación de valores que se le practica en relación al ITP, alegando entre los motivos de impugnación, la falta de motivación suficiente, que le ha producido indefensión, estimando la Administración demandada que se evita esa eventual indefensión, en el método de valoración utilizado, al ofrecer al contribuyente, en la resolución que se le notifica la posible consulta de los criterios establecidos por las Instrucciones de la Dirección General de Tributos y Patrimonio de la Consellería de Hacienda, y esta problemática ha sido contemplada y resuelta, entre otras, en sentencia de esta Sala nº 761/03 , en cuyos fundamentos de derecho dice:
"PRIMERO: Que constituye el objeto del...
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