RESOLUCION DE 15 DE ENERO DE 1993, del Centro de Gestion catastral y Cooperacion tributaria, por la que se aprueba el Coeficiente rm a Efectos de Lo establecido en la Ley reguladora de las Haciendas locales.

MarginalBOE-A-1993-1923
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia
Rango de LeyResolución

La Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, establece en su artículo 66.2, que el valor catastral de los bienes inmuebles se fijará tomando como referencia el valor de mercado de los inmuebles, sin que en ningún caso pueda exceder de éste.

Por otra parte, el artículo 78.1 de la mencionada Ley dispone que la superior función de coordinación de valores se ejercerá en todo caso por el Centro de Gestión Catastral y Cooperación Tributaria, cuya Presidencia ostenta el Secretario de Estado de Hacienda.

Al objeto de garantizar que los parámetros de referencia de los valores catastrales a los de mercado sean coordinados y homogéneos para todo el territorio nacional, y previo conocimiento de la Comisión Superior de Coordinación Inmobiliaria de Urbana, he resuelto lo siguiente:

Primero.-A efectos de lo establecido en el artículo 66.2 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se tomarán como referencia los estudios de mercado y demás análisis socio-económicos realizados conforme a los criterios establecidos al respecto por el Centro de Gestión Catastral y Cooperación Tributaria.

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