La caracterización normativa de las cooperativas sociales en el ordenamiento jurídico argentino. los primeros pasos hacia la configuración de un régimen específico

AutorMiguel Agustín Torres
CargoAbogado (Universidad Nacional de Tucumán. UNT); Doctor en Humanidades (UNT) y Doctor en Derecho (Universidad de Buenos Aires (UBA)
Páginas827-862
Anuario de la Facultad de Derecho. Universidad de Extremadura 36 (2020): 827-862
ISSN: 0213-988X – ISSN-e: 2695-7728
Doi: https://doi.org/10.17398/2695-7728.36.827
LA CARACTERIZACIÓN NORMATIVA DE LAS COOPERATIVAS SOCIAL ES
EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO ARGENTINO. LOS PRIMEROS PASOS
HACIA LA CONFIGURACIÓN DE UN RÉGIMEN ESPECÍFICO
THE NORMATIVE CHARACTERIZATION OF SOCIAL COOPERATIVES IN
THE ARGENTINE LEGAL SYSTEM. THE FIRST STEPS TOWARDS THE
CONFIGURATION OF A SPECIFIC REGIME
M
IGUEL
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GUSTÍN
T
ORRES
Universidad Nacional de Catamarca. Argentina
Recibido: 17/10/2020 Aceptado: 18/12/2020
R
ESUMEN
Destinadas a la prestación de servicios de cuidado o a la generación, a través del trabajo,
de alternativas de inclusión social y laboral de personas o colectivos vulnerables, las coope-
rativas sociales se caracterizan por orientarse hacia una misión de interés general. Este tipo
de entidades que, en los hechos, se estructuran como cooperativas de trabajo o de servicios,
fueron adquiriendo una mayor presencia en nuestro país durante los últimos años en el
marco de la expansión del sector social y solidario. Considerando ello, en este trabajo se
procura efectuar una aproximación a la caracterización normativa que reciben las coopera-
tivas sociales en el ordenamiento jurídico argentino. El estudio posibilita precisar que la
caracterización que reciben las cooperativas sociales en el ordenamiento jurídico argentino,
a partir de la Resolución INAES 1/2019, concuerda, en líneas generales, con la concepción
prevaleciente, sobre este tipo de figuras, en el derecho comparado y con la posición de la
Organización Internacional de Cooperativas en la Industria y los Servicios (CICOPA) y se
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aproxima, a la vez, a determinados fundamentos que inspiraron a algunas de las políticas
públicas de inclusión implementadas, en las últimas décadas, en Argentina.
Palabras clave: Cooperativas Sociales, Caracterización, Ordenamiento jurídico argentino.
A
BSTRACT
Aimed at the provision of care services or the generation, through work, of alternatives for
social and labor inclusion of vulnerable people or groups, social cooperatives are character-
ized by being oriented towards a mission of general interest. These types of entities, which, in
fact, are structured as work or service cooperatives, have been acquiring a greater presence in
Argentina in recent years within the framework of the expansion of the sector of the social
economy. Considering this, this work attempts to make an approximation to the normative
characterization that social cooperatives receive in the Argentine legal system. The study al-
lows to specify that the characterization that social cooperatives receive in the Argentine legal
system, since the validity of Resolution INAES 1/2019, agrees, in general terms, with the pre-
vailing conception, about this type of figures, in comparative law and with the position of the
International Organization of Cooperatives in Industry and Services (CICOPA) and ap-
proaches, at the same time, to certain purposes that inspired some of the public inclusion
policies implemented in Argentina in recent decades.
Keywords: Social Cooperatives, Characterization, Argentine Legal System.
Sumario: 1. Introducción. 2. Aspectos metodológicos. 3. La inserción legal de las coope-
rativas sociales en el espacio sudamericano. 4. El tratamiento de los colectivos vulnerables
en el marco legal de la economía social en el ordenamiento argentino. 5. El cooperativismo
social y su reconocimiento jurídico a partir de la Resolución 1/2019. 6. Conclusiones.
1. INTRODUCCIÓN
Uno de los rasgos que caracteriza al movimiento cooperativo en las últimas
décadas lo constituye el surgimiento y proliferación de nuevas figuras concer-
nientes, preferentemente a los ámbitos de la provisión de servicios sociales y de
la integración labo ral. Dentro de estas rec ientes expresiones se destacan las
cooperativas sociales las cu ales configuran modalidades que, progresivamente,
fueron adquiriendo significación en las comunidades por su involucramiento
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con respecto a la atención de determinados intereses correspondientes a seg-
mentos poblacionales social y económicamente rezagados. En concreto, estas
variantes cobran relevanc ia por abordar la problemática, o en su caso, propor-
cionar alternativas de inserción a sujetos que afrontan situaciones de vulnerabi-
lidad social ya sea porque se encuentran condicionados por alguna discapacidad
psicosocial (salud mental) , porque atraviesan o han atravesado un contexto de
encierro, o porque se hallan inmersos en consumos problemáticos (sustancias
psicoactivas).
En tal sentido indica Gem ma Fajardo García
1
que este tipo de organizacio-
nes colectivas desarrollan una función de interés general la cual puede expre-
sarse: i) po r la actividad económica que llevan adelante, orientada a la presta-
ción de servicios sociales en aquellos ámbitos en donde no brindan respuestas
adecuadas los poderes públicos o el mercado (seguridad social, asistencia social,
sanidad, educación, cultura, prestaciones sociales, tratamiento de las minusva-
lías, protección de la tercera edad, participación de la juventud, etc.); ii) al mar-
gen de la actividad económica practicada, por procurar la reinserción social me-
diante la incorporación al circuito laboral de personas desfavorecidas o expues-
tas al riesgo de precipitar en situaciones exclusión social.
Usualmente, estas figuras se organizan como cooperativas de trabajos o de
servicios. Por lo general, s egún el propósito que impulsa su accionar, suelen
adoptar dos modalidades, al enfocarse en la prestación de cuidado o al propor-
cionar trabajo a personas o grupos sociales vulnerables con el fin de contribuir
a su inserción l aboral y, por ende, a su inclusión so cial
2
. Precisamente, tal
1 Isabel Gemma Fajardo García, “Las cooperativas sociales. Entre el interés mutualista y el interés
general”, en Estudios de Derecho Mercantil. Liber Amicorum Profesor Dr. Francisco Vicent Chuliá,
dirigido por Vicente Cuñat Edo, José Massaguer, Francisco Alonso Espinoza y Esperanza Gallego Sán-
chez y coordinado por María Victoria Petit Lavall (Valencia: Tirant lo Blanch, 2013), 265-280.
2 El campo de acción y la misión que caracteriza a las cooperativas sociales imponen una referencia,
a modo de aclaración de preliminar, sobre la proximidad conceptual y práctica que media entre la eco-
nomía social y el denominado Tercer Sector. Éste último, que en las últimas décadas experimentó un
considerable crecimiento a nivel global [Francisco Aguiar Fernández, “Tercer sector: análisis, desafíos
y competencias desde el trabajo social”, Revista Acciones e investigaciones sociales 1 Extraordinario
(2006): 1], nuclea a un conjunto de organizaciones que se sitúan fuera tanto del sector público como
del sector privado. Una de sus notas esenciales está determinada por el hecho de que las iniciativas
privadas que lo integran no pueden, con arreglo a sus normas constitutivas, distribuir sus beneficios
entre las personas que las controlan, los cuales tienen que orientarse ya sea a la concreción de sus

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