DECRETO 188/2013, de 17 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que modifica el Decreto 28/2010, de 9 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se crea el fichero de datos de carácter personal «SIRHGA» y se suprimen diversos ficheros de datos de carácter personal gestionados por el Departamento de Presidencia.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece las condiciones generales de uso y tratamiento de los ficheros de datos de carácter personal a efectos de garantizar y proteger los derechos fundamentales de las personas y las libertades públicas. Asimismo reconoce la capacidad de las diferentes Administraciones Públicas para la creación de ficheros de titularidad pública necesarios para el ejercicio sus competencias, estableciendo en su articulo 20 tanto la obligaron de crear, modificar y suprimir los ficheros que contengan datos de carácter personal, mediante una disposición de carácter general, como la de indicar en ella todos los contenidos que expresamente especifica.

El Decreto 98/2003, de 29 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan los ficheros de datos de carácter personal gestionados por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, determina que la disposición de carácter general preceptiva, para este ámbito autonómico, será un Decreto del Gobierno de Aragón, aprobado a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública, en aplicación de la atribución de competencias establecida mediante el Decreto 320/2011, de27 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Hacienda y Administración Publica y cuya iniciativa debe partir del Departamento competente por razón del contenido del fichero.

Por otra parte, en aplicación del articulo 18-1 w) del Decreto 320/2011, DE 27 septiembre, corresponde a la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, el ejercicio de las competencias asumidas en materia de protección de datos de carácter personal, incluida la regulación, inscripción y control de los ficheros creados o gestionados por las instituciones públicas de Aragón y, en su caso, la relación con la Agencia de protección de datos de Aragón. Le corresponde así- mismo, establecer los criterios generales de organización de la función informática y para la utilización de los ficheros y sistemas de información automatizados en el ámbito de la Administración de la...

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