Alvarez Caperochipi, J. A.: El Registro de la Propiedad y el sistema de preferencias crediticias, Editorial Comares, Granada, 1995.

AutorJosé María Chico y Ortiz
Páginas261-263

    ALVAREZ CAPEROCHIPI, J. A.: El Registro de la Propiedad y el sistema de preferencias crediticias, Editorial Comares, Granada, 1995.

Con un poco de retraso sobre mi promesa recensionista hecha al autor en ocasión de la presentación de mi «Libro homenaje» y reiterada postenormen-Page 262te por carta, abordo estas notas con el «propósito de la enmienda» para lo sucesivo, pues cuando uno convalece siempre existen motivos que justifican la tardanza. Y esa tardanza no quita interés y actualidad al gran lema de las «preferencias», que precisamente es crucial en un sistema basado en la «prioridad» que es, de una parte, medio de solución de conflictos entre derechos incompatibles y, de otra, base sustancial para el pacífico entendimiento de la «seguridad jurídica».

No obstante, recensionar este trabajo resulta sumamente diñ'cil y no porque el estudio carezca de claridad, de argumentos, de sistemática expositiva y de criterio uniforme, sino porque línea a línea se abre entre el lector recen-sionista y el autor un impresionante abismo, una especie de zanja profunda difícil de llenar que permita acercamientos, y a medida que se avanza en la lectura es preciso sujetar el caballo de la crítica para lograr la asepsia que toda recensión exige. Tiempo habrá en que se puedan discutir serenamente las posiciones del autor y, por ello, voy a procurar eliminar de esta recensión cualquier tipo de opinión, limitándome a exponer la que el autor vierte línea a línea, página a página, en su estudio monográfico.

Solamente quiero ofrecer al posible lector de estas líneas unos párrafos que entresaco del estudio, para que comprenda que un hombre que ha dedicado miles de horas al estudio del sistema hipotecario y cree en sus excelencias, tropieza con dificultades casi insalvables para lograr una objetividad Dice el autor: «la titulación pública si ha nacido para erradicar las cargas ocultas y fundar el derecho patrimonial sobre los principios de especialidad y certeza, no ha servido como sistema exclusivo de publicidad de la propiedad y de los derechos reales sobre los bienes, porque la publicidad del registro es meramente ideal y no alcanza el grado de realidad de la publicidad de la posesión, y por otra parte el título inscrito no incorpora un testimonio incontestable sobre la causa del acto inscrito La conclusión es que la función primordial de la titulación pública (notarial y registral) no es probar o garantizar el derecho de propiedad frente a terceros, sino...

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