SAP Alicante 404/2005, 16 de Noviembre de 2005

PonenteMARIA TERESA SERRA ABARCA
ECLIES:APA:2005:3481
Número de Recurso289/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución404/2005
Fecha de Resolución16 de Noviembre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 5ª

SENTENCIA NÚM. 404

Iltmos. Sres.:

Presidente: D. José Luis Ubeda Mulero

Magistrada: Dª Mª Teresa Serra Abarca

Magistrada: Dª Cristina Trascasa Blanco

En la ciudad de Alicante, a dieciséis de noviembre de dos mil cinco.

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto los autos de juicio verbal nº 668/2003, en el Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Alicante que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandada D. Imanol y Dª Carla

, en su propia representación y defensa. Y como apelada la demandante DIRECCION000 DE ALICANTE, representados por el Procurador D. Vicente Campos Villodre y asistida de la Letrada Dª Mª-Vicenta Urbán Rodríguez.

I - ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª INSTANCIA Nº TRES DE ALICANTE en los referidos autos, tramitados con el núm. 668/2003, se dictó sentencia con fecha 06-11-2005 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando como estimo la demanda interpuesta por DIRECCION000 de Alicante contra D. Imanol y Dª Carla debo condenarle y le condeno a abonar a la parte actora de forma solidaria la cantidad de CIENTO VEINTE EUROS CON VEINTE CÉNTIMOS (120,20 euros) más el interés legal de dicha cantidad, incrementado en dos puntos a partir de la presente resolución, con expresa condena en costas a los demandados".

SEGUNDO

Contra dicha resolución, se preparó recurso de apelación por la parte demandada en tiempo y forma, formalizándose en el plazo previsto. Fue admitido, dándose traslado a la parte demandante oponiéndose al mismo, y previo emplazamiento a las partes se elevaron los autos a este Tribunal, donde quedó formando el Rollo núm. 289-B-2005, tramitándose el recurso en forma legal y en el que se señaló para la deliberación y votación el día 15 de noviembre de 2005, en el que tuvo lugar al no considerarse necesaria la celebración de vista por este Tribunal.

TERCERO

En la tramitación de esta instancia, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.

VISTO, siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª Mª Teresa Serra Abarca.

II - FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Antes de entrar a examinar el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada hoy apelante, es preciso analizar la cuestión previa planteada por la parte actora-apelada, relativa a la inadmisión del recurso de apelación interpuesto por la causa prevista en el artículo 449.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil .

Alega la DIRECCION000 , que el recurrente ni en el escrito de preparación del recurso, ni en el de interposición del mismo tenían satisfechas o consignadas las cantidades líquidas a que se contrae la sentencia condenatoria y que en el presente caso no resulta...

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