SAP Barcelona, 7 de Marzo de 2000

PonenteJUAN MARINE SABE
ECLIES:APB:2000:2854
Número de Recurso1031/1998
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución 7 de Marzo de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 13ª

SENTENCIA Núm.

Ilmos. Sres.

Dª. ISABEL CARRIEDO MOMPÍN

Dª. Mª ANGELES GOMIS MASQUÉ

D. JUAN MARINÉ SABÉ

En la ciudad de Barcelona, a siete de marzo del dos mil.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimotercera de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de menor cuantía, número 137/97, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Santa Coloma de Gramanet , a instancia del COLEGIO DE ARQUITECTOS DE CATALUÑA, representado por el Procurador D. Jordi Fontquerni Bas y dirigido por el Letrado D. Joaquín Guitart Riu contra HOSPITAL DE L'ESPERIT SANT, representado por el Procurador D. Ángel Joaniquet Ibarz, y dirigido por el Letrado D. Xavier Corominas Baxeras; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la Sentencia dictada en los mismos el día 27 de julio de 1998 , por la Sra. Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Debo desestimar y desestimo la demanda formulada por el Colegio de Arquitectos de Catalunya contra La Fundació de L'Hospital de L'Esperit Sant, absolviendo a éste de las peticiones deducidas en su contra, con imposición de costas a la parte actora".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte actora y admitido el mismo en ambos efectos, se elevaron los autos a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, y comparecidas las mismas, se siguieron los trámites legales y tuvo lugar la celebración de la vista pública el día veintiuno de enero del año en curso, con el resultado que obra en la precedente diligencia.VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JUAN MARINÉ SABÉ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto de este procedimiento consiste en la reclamación por el Colegio de Arquitectos de Barcelona de los honorarios devengados por el Arquitecto Sr. Mariano en el cumplimiento de los encargos profesionales que recibió de "La Fundació de L'Hospital de L'Esperit Sant" reflejados en los documentos 2 y 5 acompañados con la demanda, ambos de fecha 29 de julio de 1994, el primero de ellos por el "Projecte i Direcció d'obres (Missió Completa) de reforma i ampliació d'Hospital" y el segundo para "Modificació del Pla Especial". La demandada se opuso a la pretensión actora alegando que los citados encargos profesionales dimanaban del contrato de arrendamiento de obra de fecha 29 de julio de 1994 (documento 16 de la demanda) sujeto a condición suspensa de su aprobación por el Patronato de la Fundación por lo que no habiendo mediado dicha ratificación, es decir, no habiéndose cumplido la condición suspensiva pactada, las obligaciones contenidas en el contrato no han nacido y el encargo no existe como tal ni ha existido nunca (Hecho Segundo 2.4 del escrito de contestación a la demanda en el que se cita explícitamente el artículo 1114 del Código Civil ), alegando, subsidiariamente, que el contrato había sido incumplido por el Arquitecto Sr. Mariano . La sentencia de instancia acoge el primero de los motivos de oposición a la demanda, desestimando las pretensiones del actor por incumplimiento de la condición pactada. Contra dicha resolución se alza en apelación el Colegio de Arquitectos, por lo que se reproduce en esta alzada la integridad del debate, contándose para ello con todo el material probatorio obrante en autos.

SEGUNDO

La cuestión nuclear planteada en esta alzada, visto el motivo que fundamenta la desestimación de la demanda, consiste en determinar si se cumplió o no la condición suspensiva pactada en el contrato de 29 de julio de 1994 en su estipulación 6ª según la cual "RATIFICACIÓ del Contracte. La plena validessa del present contracte es donarà amb la ratificació per part del Patronat de la Fundació de l'Hospital de L'Esperit Sant que es preveu es produexi la segona quinzena del mes de setembre d'enguany". No hay duda que...

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