Cano Martínez de Velasco, José Ignacio, La asunción de deuda, J. M. Bosch editor, Sevilla, 2003, 118págs.
Autor | M.<sup>a</sup> Fernanda Moretón Sanz |
Cargo | Profesora asociada de Derecho Civil UNED.Secretaria de IDADFE |
Páginas | 737-738 |
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CANO MARTÍNEZ DE VELASCO, JOSÉ IGNACIO, La asunción de deuda, J. M. Bosch editor, Sevilla, 2003, 118págs.
Su autor, JOSÉ IGNACIO CANO MARTÍNEZ DE VELASCO, es un reconocido experto y prolífico profesor que cuenta con más de diez monografías publicadas en los últimos años (vid., entre otras, Colisión entre los derechos de adquisición preferente, Barcelona, 1978; La renuncia a los derechos, Barcelona, 1986; Exterio-rización de actos jurídicos: su forma y la protección de su apariencia, Barcelona, 1990; La retención de cosa ajena, Barcelona, 1990; La obligación natural, Barcelona, 1990; La posesión, el usufructo y la prenda de derechos, Barcelona, 1992; El poder irrevocable, Barcelona, 1999; La prohibición de contratos sucesorios, Barcelona, 2002; La reserva de dominio o la acción publiciana, Barcelona, 2001; La doble venta: una situación de pendencia; La mejora, Barcelona, 2003). En esta ocasión ha elegido el estudio de la sustitución modificativa de deudores operada mediante asunción de deuda, así como de los mecanismos hábiles para constituir dicha asunción.
Como es sabido, este fenómeno de los cambios de deudor, las vías a través de las cuales la mencionada sustitución se opera, y los efectos derivados de estas prácticas no son, precisamente, cuestiones ni sencillas ni pacíficas entre la doctrina y la jurisprudencia españolas. En definitiva, la modificación y extinción de las relaciones obligatorias -esquema donde sistemáticamente se ubica el tema de la monografía-, coincide con otras líneas de investigación del autor en la dificultad intrínseca que arroja su estudio y análisis.
En este último aspecto conviene tener presente que CANO MARTÍNEZ DE VE-LASCO no suele integrarse entre las tesis doctrinales más comunes o al uso, antes al contrario. Buena prueba de la anterior afirmación es el entendimiento de la asunción de deudas como negocio unilateral del tercero. No es la primera vez que en su extensa producción bibliográfica son abordados los negocios y declaraciones de carácter unilateral como la renuncia y el apode-ramiento. Específicamente, en esta última publicación adscribe el objeto de estudio a la categoría de los negocios jurídicos conexos. Sentada esta tesis, en justa consecuencia, el autor sostiene que la causa del negocio es variable y capaz de absorber cualquier tipo de elemento causal de la obligación modificada. Por lo que al clásico requisito del consentimiento del acreedor se refiere, éste se convierte en una autorización...
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