STSJ Comunidad de Madrid 975/2006, 29 de Junio de 2006
Ponente | JOSE IGNACIO ZARZALEJOS BURGUILLO |
ECLI | ES:TSJM:2006:8001 |
Número de Recurso | 853/2003 |
Número de Resolución | 975/2006 |
Fecha de Resolución | 29 de Junio de 2006 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
JOSE ALBERTO GALLEGO LAGUNA JOSE IGNACIO PARADA VAZQUEZ JOSE IGNACIO ZARZALEJOS BURGUILLO ANTONIA DE LA PEÑA ELIAS MIGUEL DE LOS SANTOS GANDARILLAS MARTOS
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.5
MADRID
SENTENCIA: 00975/2006
PROCURADOR D. MANUEL SANCHEZ PUELLES GONZALEZ CARVAJAL
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN QUINTA
S E N T E N C I A 975
Ilmos. Sres.:
Presidente:
D. José Alberto Gallego Laguna
Magistrados:
D. José Ignacio Parada Vázquez
D. José Ignacio Zarzalejos Burguillo
Dª María Antonia de la Peña Elías
D. Santos Gandarillas Martos
___________________________________
En la villa de Madrid, a veintinueve de junio de dos mil seis.
VISTO por la Sala el recurso contencioso administrativo núm. 853/2003, interpuesto por el Procurador D. Manuel Sánchez-Puelles y González-Carvajal, en representación de la CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO E INDUSTRIA DE MADRID, contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de fecha 27 de mayo de 2002, que estimó la reclamación nº 28/08412/00 deducida por D. Juan Luis contra liquidación del recurso cameral permanente girada por la reseñada Cámara Oficial en relación con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio 1992; habiendo sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por su Abogacía.
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley de esta Jurisdicción, se emplazó a la parte actora para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que estimó de aplicación, suplicaba se dicte sentencia que revoque la resolución recurrida y declare conforme a Derecho la liquidación.
El Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito en el que solicitaba la confirmación de la resolución recurrida.
Por auto de fecha 22 de julio de 2003 se acordó el recibimiento a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones, habiéndose señalado para votación y fallo del recurso el día 27 de junio de 2006, en cuya fecha ha tenido lugar.
Ha sido Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. José Ignacio Zarzalejos Burguillo, quien expresa el parecer de la Sala.
El presente recurso tiene por objeto determinar si se ajusta o no a Derecho la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de fecha 27 de mayo de 2002, que estimó la reclamación deducida por D. Juan Luis contra liquidación del recurso cameral permanente girada por la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Madrid en relación con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio 1992, por importe de 414´21 euros, habiéndose producido el devengo de dicho impuesto el día 31 de diciembre de 1992, a tenor de lo dispuesto en el art. 93 de la Ley 18/1991, de 6 de junio.
Dicha resolución anuló la liquidación...
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