STSJ Comunidad Valenciana 888/2003, 19 de Mayo de 2003

PonenteMARIA DE LOS DESAMPARADOS PEREZ NAVARRO
Número de Recurso702/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución888/2003
Fecha de Resolución19 de Mayo de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA NUM: 888/03

En el recurso contencioso-administrativo número 702 de 2000, interpuesto por DON Fermín , representado por la Procuradora de los Tribunales Doña Mª Luisa Sempere Martínez y dirigida por el Letrado Don José Francisco Roca Ferrer, contra la certificación de acto presunto dictada por la Consellería de Sanidad de la Generalidad Valenciana en el expediente de responsabilidad patrimonial 33/99, de fecha

24.3.2000, que resuelve la desestimación tácita de la reclamación formulada.

Habiendo sido parte en autos como Administración demandada la ADMINISTRACIÓN DE LA GENERALIDAD VALENCIANA, representada y dirigida por el Letrado de sus Servicios Jurídicos Don Andrés Arnandis Núñez; siendo ponente la Iltma. Sra. Magistrada DOÑA AMPARO PEREZ NAVARRO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el presente recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte actora para que formalizara demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia por la que dando lugar al presente recurso, se declare contraria a derecho la denegación de indemnización solicitada, y en su consecuencia, acuerde haber lugar a declarar la situación jurídica individualizada de haberse producido un anormal funcionamiento de los servicios sanitarios públicos sobre la paciente Doña Frida , condenando a la Consellería de Sanidad a abonar la cantidad de 100.000.000 pesetas. con los intereses legales y costas procedentes.

SEGUNDO

La representación de la parte demandada, contestó a la demanda, mediante escrito enel que solicitó se dictara sentencia desestimando la misma, con todos los pronunciamientos favorables a esta Administración.

TERCERO

Recibido el pleito a prueba, y practicada la propuesta que fue admitida, se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones y verificado el mismo, se declaró el pleito concluso, quedando pendiente de su señalamiento para votación y fallo.

CUARTO

Se señaló la votación para el día 14 de mayo de dos mil tres.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El presente recurso contencioso-administrativo, se ha interpuesto contra la certificación de acto presunto dictado por la Consellería de Sanidad de la Generalidad Valenciana en el expediente de responsabilidad patrimonial 33/99, de fecha 24.3.2000, que resuelve la desestimación tácita de la reclamación presentada por D. Fermín , en nombre propio y en el de su hija menor de edad Eva como consecuencia de lo que él denominó incorrecta asistencia sanitaria prestada a su esposa Frida , que desencadenó su fallecimiento.

SEGUNDO

La expresada pretensión impugnatoria, que constituye el objeto del presente proceso, se funda por el demandante, en el entendimiento de que la Consellería de Sanidad, es responsable patrimonial por el fallecimiento de su esposa el 16.2.1998, acaecido por espasmo cerebral postquirúrgico con infarto de ambas cerebrales anteriores y muerte cerebral; fijando la cuantía indemnizatoria en un total de 100.000.000 pesetas.

TERCERO

Para la resolución del supuesto enjuiciado son hechos relevantes que se desprenden del expediente administrativo los siguientes:

1)- Con fecha 2.2.1998, la fallecida fue remitida por el Médico de Atención Primaria al Servicio de Neurología del Hospital Dr. Pesset con un cuadro de: Cefalea intensa frontal, mareo rotatorio, vómitos espontáneos y perdida de conciencia de unos 30 minutos, bradicardia, aturdimiento posterior y rigidez de nuca con dolor y vértigo, solicitando a la vista de dichos síntomas se descartase la posible existencia de una hemorragia subaracnoidea.

2)- Fue atendida en Urgencia del Hospital Dr. Pesset por un médico residente de Medicina Familiar y Comunitaria, que le realizó: Exploración física, hemograma, bioquímica, hemostasia, Rx tórax y ECG, pautándole tratamiento sintomático con Nolotil y Primperan, produciéndose tras el tratamiento mejoría clínica, quedando asintomática al alta, y pautándole reposo domiciliario durante 24-48 horas.

3)- A la mañana siguiente (3.2.1998), es remitida de nuevo a Urgencia del Hospital Dr. Pesset, al persistir la cefalea y los vómitos tras el alta del día anterior. Fue atendida por el Médico Adjunto de Urgencias, que a la exploración física objetivó signos meníngeos, y ante la sospecha de hemorragia subaracnoidea, solicitó, entre otras pruebas médicas un TAC cerebral, se le administró a la paciente tratamiento sintómatico y se le colocó una sonda nasogástrica.

4)- El TAC confirmó el diagnóstico de hemorragia subaracnoidea y la paciente fue remitida al Hospital la Fe, donde quedó ingresada, por carecer el Hospital Dr. Pesset de Servicio de Neurocirugía.

5)- El 4.2.1998, persistía la cefalea y la rigidez nucal. Se realizó una agiografia por sustracción digital(ASD), objetivándose un aneurisma sacular de arteria comunicante anterior izquierda.

6)- El 5.2.1998, se procedió al intento de embolización del aneurisma, no pudiéndose conseguir por parte de la Sección de Neurorradiología Intervencionista, por dificultades técnicas(mala accesibilidad).

7)- La paciente continuó en tratamiento mejorando su sintomatología quedando asintomática el

9.2.1998.

8)- Con fecha 10.2.1998, se le realizó intervención quirúrgica (CRAIECTOMIA PTERIONAL IZQUIERDA) La técnica consistió en clipaje del aneurisma y también de la arteria cerebral anterior. Posteriormente se coaguló y redujo el aneurisma, retirando el clip y sustituyéndolo por otro más pequeño que sólo cierra el saco residual aneurismático quedando libre todo el árbol vascular.9)- La paciente pasó a la Unidad de Reanimación, presentando desde el inicio una evolución tórpida con deterioro progresivo del nivel de conciencia y hemiparesia izquierda. Se le practicó un TAC objetivándose un infarto de ambas arterias cerebrales anteriores, falleciendo el 16.2.1998, siendo el diagnóstico final "aneurisma de comunicante anterior y espasmo cerebral postquirúrgico con infarto de ambas cerebrales anteriores y muerte cerebral".

CUARTO

El demandante alega en síntesis lo siguiente: Que la asistencia prestada el 2.2.1998 (primer día en que fue asistida en el Hospital Dr. Peset), es contraria a la Lex Artis, toda vez que, no se realizaron las pruebas adecuadas encaminadas a descartar la posible existencia de una hemorragia subaracnoidea, lesión que supuso el fallecimiento; que la embolización que resultó fallida el 5.2.1998 (por mala accesibilidad) pudo hacerse al mismo tiempo en que se el realizó la angiografia; que en la intervención quirúrgica se produjo un evidente error médico, dado que se colocó un clip que obturaba tanto el aneurisma, como las arterias cerebrales anteriores, hecho que produjo una isquemia que, en definitiva, fue la causa del fallecimiento; al mismo tiempo, opone que la intervención realizada el 10.2.1998, se realizó...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STS, 28 de Febrero de 2007
    • España
    • 28 February 2007
    ...Dª María Teresa Rodríguez Pechín, en nombre y representación de D. Fidel contra Sentencia de 19 de mayo de 2.003 dictada en el recurso 702/00 por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Comparece como recurrido el Letrado ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR