Bibliografía

AutorJ. G.
Páginas75-78

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La noción de tercero en la ley Hipotecaria española, por Ana-María Le Pelley.

La Biblioteca del Instituto de Derecho comparado de Tolosa, que ha dedicado al Derecho español una serie, en la que figuran varios estudios de Sabadie, Besombes, Rouvre y Dartigalongue sobre las fuentes de nuestro Derecho civil, la condición jurídica de las mujeres casadas y de los hijos naturales y la tutela de los menores, ha publicado con el número 5 este trabajo que para Revista Critica presenta la triple gracia de estar escrito por una mujer, versar sobre el tema de mayor interés entre los cultivados en estas columnas y revelar el cariño de un extranjero a las instituciones jurídicas de nuestra patria.

En cambio, hemos de poner de relieve que la autora, familiarizada con Campuzano, Morell, Pazos y Sánchez-Román, no conoce nuestras modestas publicaciones y orienta sus esfuerzos en un sentido que hemos creído equivocado o, por lo menos, infecundo : busca, como tantos otros, la Isla de San Balandrán en vez de investigar los fundamentos y orígenes de la leyenda.

La palabra tercero, terminus technicus que abre y cierra la cueva dé los tesoros hipotecarios, responde a una serie de principios de tal modo entrelazados que resultan infructuosos los intentos dirigidos a obtener una definición sencilla, una fórmula que, como el «ábrete, sésamo», resuelva instantáneamente las dificultades. Por eso, tras de los comentaristas que hicieron notar las diferencias entre los terceros de los artículos 23, 27, 34 de la ley Hipotecaria surgieron los autores que, como Calderón Neira, pusieron a contribución la lógica y el derecho para construirPage 76 una síntesis racional, y últimamente, abandonando el camino trillado y elevando la discusión a la esfera de los principios, Revista Crítica ha enfocado las bases del sistema inmobiliario, ha patentizado la íntima dependencia en que el concepto de tercero se halla respecto de las mismas y ha puesto en duda la existencia de un tipo jurídico que pueda ser bautizado con el nombre de tercero hipotecario.

Para la autora de la monografía la ley Hipotecaria tiene por principal objeto la protección del tercero, y como reconoce al examinar los preceptos de la misma, que se halla en presencia, no de una sola noción, sino de varias y que algunos de sus artículos dan definiciones diferentes y hasta opuestas, comienza su exposición un poco atemorizada por las dificultades de la materia : «Si las faltas de técnica jurídica, dice, son...

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