Bibliografía

AutorJ. A. O.
Páginas792-795

Page 792

Edmundo Mezger: Tratado de Derecho penal

EDMUNDO MEZGER: Tratado de Derecho penal. Traducción española y Notas de Derecho español, por José Arturo Rodríguez Muñoz. Editorial «Revista de Derecho Privado». Madrid, 1935.

Antigua es la influencia de la ciencia penal alemana sobre la española. La traducción de las obras de Róder determinó en el siglo pasado el nacimiento de la escuela correcionalista española. No tuvo gran difusión en nuestro público el Tratado de Merkel, traducido por Dorado Montero en 1906. En cambio, en la versión del Liszt, debida a Saldaña y Jiménez de Asúa, ha aprendido Derecho penal "una generación de juristas, y la moderación con que el profesor alemán adminisLraba la dirección moderna sirvió de compensación durante algún tiempo a las tendencias exageradas de algunos autores españoles propicios a las utopías correccionalistas y positivistas.

Se hacía necesario informar a los juristas de habla española del movimiento científico penal en Alemania posterior a la 75.a edición del Liszt, que fue la vertida al castellano. El libro de Mezger sirve admirablemente a este fin, por el sistema perfecto, la documentación completa y la brillantez de la exposición con que el autor logra, sobre rutas trilladas, destacar su personalidad profundamente original.

Pertenece Mezger a la dirección estrictamente dogmática. EnPage 793 su Tratado, reducido al sistema del Derecho positivo, faltan los capítulos que los Liszt-Schmidt e Hippel dedican a la política criminal. Problemas que constituyen la preocupación, a veces angustiosa, del penalista actual, como los del estado peligroso, la semi-imputabilidad, las medidas de seguridad, etc., etc., se encuentran relegados a segundo término. No obstante la pretensión, enunciada en el prólogo, de tender puentes entre lo antiguo y lo nuevo, es lo cierto que las leyes penales del nacionalsocialismo, como la de 24 de Noviembre de 1933 contra los delincuentes peligrosos, han hecho envejecer tempranamente a este Tratado de Derecho penal alemán, donde sóio se dedica una página a las medidas de seguridad .

Al autor, sin embargo, le preocupan grandemente los cuidados del momento políticocriminal, como lo demuestra su libro posterior Kriminal-Politick -cuya publicación en castellano se anuncia como inmediata- y sus trabajos como miembro de la Comisión encargada de preparar el nuevo Código penal ; pero ha querido mantener la separación entre Política criminal y Derecho penal, en los términos...

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