Bibliografía

AutorVíctor Conde
Páginas470-472

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Metodología jurídico-penal

Metodología jurídico-penal, por Goldschmidt (James). Cursillo hecho en la Universidad de Madrid en los meses de Febrero, Marzo y Abril de 1934. Guía para la solución de casos prácticos de Derecho penal. Volumen LX de la Biblioteca de la Revista General de Legislación y jurisprudencia, 79 páginas. Madrid, 1935. Editorial Reus.

Es ya conocido entre nosotros el Profesor James Goldschmidt, no sólo por su intensa labor docente y publicitaria, que descuella en sus Verwaltungsstrafreckt, Zivilprozessrecht y en su originalísima obra Der Prosess ais Rechtslage, sino también por sus conferencias de estos últimos meses en las Universidades de Madrid, Barcelona, Sevilla y Zaragoza. Objeto de ellas ha sido las más de las veces el Derecho procesal. Pero en Madrid trató el ilustre Profesor, Catedrático de Derecho penal y procesal, civil y criminal, en Berlín, estas cuestiones de metodología del Derecho penal durante los meses de Febrero, Marzo y Abril de 1934.

Aquellas conferencias, pronunciadas en español, son hoy recogidas en este volumen, que viene a completar la bibliografía jurídico-penal en nuestra lengua, y cuyo mérito principal consiste en ser el primer trabajo de un investigador alemán sobre fuentes españolas. Al mismo tiempo sigue la corriente, ya iniciada entre nosotros por Profesores nacionales, de dar un carácter práctico a la enseñanza, aplicando a la resolución de casos de laboratorio los más finos avances teóricos del Derecho punitivo.

El Profesor Goldschmidt divide su trabajo en tres partes principales. Llama a la primera exegética, por ser éste el método empleado, y trata en ella de la Ley (colisión territorial y temporal dePage 471 leyes) y de su interpretación. En la segunda parte, que llama lógica, aborda la averiguación del tipo y sus características (tipicidad, acción y omisión y problemas conexos, antijuricidad y culpabilidad). En la tercera parte, técnica, la más original quizás, se ocupa de la manera de exponer un caso jurídico-penal. Completa el volumen un apéndice de tres casos prácticos, con la crítica de los trabajos de los alumnos del curso y su correcta solución.

Como pasajes interesantes de la obra podemos citar: En la colisión temporal de estatutos, según Goldschmidt, como el artículo 24 del Código penal restringe expresamente el efecto retroactivo de las leyes penales, carecerá del mismo una ley civil, aunque su aplicación hiciera desaparecer la punibilidad de una conducta (página...

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