PROTOCOLO por el que se modifica el Convenio de 23 de julio de 1990 relativo a la supresión de la doble imposición en caso de corrección de los beneficios de empresas asociadas, hecho en Bruselas el 25 de mayo de 1999. Aplicación provisional.

MarginalBOE-A-2000-1543
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores

PROTOCOLO por el que se modifica el Convenio de 23 de julio de 1990 relativo a la supresión de la doble imposición en caso de corrección de los beneficios de empresas asociadas, hecho en Bruselas el 25 de mayo de 1999. Aplicación provisional.

PROTOCOLO POR EL QUE SE MODIFICA EL CONVENIO DE 23 DE JULIO DE 1990 RELATIVO A LA SUPRESIÓN DE LA DOBLE IMPOSICIÓN EN CASO DE CORRECCIÓN DE LOS BENEFICIOS DE EMPRESAS ASOCIADAS

Las altas partes contratantes del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea,

Deseosas de aplicar el artículo 293 del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, con arreglo al cual se comprometieron a entablar negociaciones encaminadas a asegurar, en favor de sus nacionales, la supresión de la doble imposición;

Visto el Convenio de 23 de julio de 1990 (1) relativo a la supresión de la doble imposición en caso de corrección de los beneficios de empresas asociadas (denominado en lo sucesivo 'Convenio de arbitraje');

Visto el Convenio de 21 de diciembre de 1995 sobre la adhesión de la República de Austria, de la República de Finlandia y del Reino de Suecia al Convenio relativo a la supresión de la doble imposición en caso de corrección de los beneficios de empresas asociadas (2),

Considerando que el Convenio de arbitraje entró en vigor el 1 de enero de 1995, con arreglo al artículo 18;

que expirará el 31 de diciembre de 1999, a menos que se prorrogue,

Han decidido celebrar el presente Protocolo por el que se modifica el Convenio de arbitraje, y han nombrado a tal fin como plenipotenciarios a:

El Reino de Bélgica:

Sr. Jean-Jacques Viseur Ministro de Hacienda;

El Reino de Dinamarca:

Sra. Marianne Jelved Ministra de Economía y Ministra de Cooperación Nórdica;

La República Federal de Alemania:

Sr. Hans Eichel Ministro Federal de Hacienda;

La República Helénica:

Sr. Yannos Papantoniou Ministro de Economía;

El Reino de España:

Sr. Cristóbal Ricardo Montoro Moreno Secretario de Estado de Economía;

La República Francesa:

Sr. Dominique Strauss-Kahn Ministro de Economía, Hacienda e Industria;

Irlanda:

Sr. Charlie MacCreevy Ministro de Hacienda;

La República Italiana:

Sr. Vincenzo Visco Ministro de Finanzas;

(1) 'DOL' 225, de 20 de agosto de 1990, p. 10.

(2) 'DOC' 26, de 31 de enero de 1996, p. 1.

El Gran Ducado de Luxemburgo:

Sr. Jean-Claude Juncker Primer Ministro, Ministro de Estado; Ministro de Finanzas; Ministro de Trabajo y Empleo;

El Reino de los Países Bajos:

Sr...

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