DECRETO 24/2013, de 6 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas para el desarrollo de proyectos formativos en materia de periodismo y comunicación.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, introdujo dentro de sus preceptos de carácter básico la obligatoriedad de la previa aprobación de las bases reguladoras de la concesión de las becas cuyo establecimiento se pretenda, mediante la promulgación de la correspondiente norma reglamentaria.

La Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, establece una serie de medidas dirigidas a mejorar la situación jurídica de los estudiantes y preparar y facilitar su inserción al mundo laboral.

Asimismo, el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en los programas de formación, supone que los becarios quedan asimilados a los trabajadores por cuenta ajena, a efectos de su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social.

En aras al cumplimiento de las obligaciones impuestas por la normativa estatal, el presente Decreto establece unas bases reguladoras de las becas para el desarrollo de proyectos formativos en materia de periodismo y comunicación que en su momento convoque el Departamento de Presidencia y Justicia, con expresión no solo de sus características, requerimientos exigidos a los beneficiarios y del procedimiento de concesión, sino también de los aspectos formativos que deberán presidir las convocatorias y que son, en esencia, el objeto de las becas. A este respecto puede destacarse la previsión de colaboración con las Universidades aragonesas, así como con otras asociaciones aragonesas vinculadas al ámbito de la comunicación, que pueden participar tanto en la elaboración del proyecto formativo como en la selección y seguimiento de los becarios hasta la conclusión del proyecto formativo.

El artículo 3.3 del Decreto 315 /2011, de 27 de septiembre, del Gobierno de Aragón de estructura orgánica del Departamento de Presidencia y Justicia, establece la dependencia directa de la Dirección de Comunicación del Consejero de Presidencia y Justicia y le atribuye en su artículo 25, con carácter general, las funciones encomendadas con los medios de comunicación y la ejecución de la política informativa del Gobierno de Aragón.

Estas competencias determinan que sea desde la Dirección de Comunicación donde se realice la supervisión y tutorización de la actividad de los becarios en el periodo formativo que desarrollen vinculados a esta unidad del Departamento de Presidencia y Justicia.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y Justicia, y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 6 de marzo de 2013,

DISPONGO:

Artículo 1 Objeto y características generales.
  1. El objeto de este Decreto es aprobar las bases reguladoras de las becas para el desarrollo de proyectos formativos en materia de periodismo y comunicación que podrán ser convocadas por el Consejero de Presidencia y Justicia mediante orden.

  2. La adjudicación de dichas becas estará supeditada en todo momento a la disponibilidad de crédito presupuestario.

  3. El disfrute de estas becas no se podrá simultanear con el de cualquier otro tipo de beca o ayuda concedida por entidades públicas o privadas con la misma finalidad.

  4. La condición de becario no dará lugar, bajo ningún concepto, a relación laboral o administrativa con el Gobierno de Aragón ni con ninguna de las entidades, asociaciones o empresas que colaboren en el proyecto formativo de los becarios. Los becarios estarán asimilados a los trabajadores por cuenta ajena, a efectos de su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social, de acuerdo con lo previsto en el artículo 1.1 del Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en los programas de formación.

  5. Requisitos de los beneficiarios.

  6. Podrán participar en las convocatorias de becas de formación en materia de periodismo y comunicación las personas que reúnan los siguientes requisitos:

    1. Poseer la nacionalidad española o la de algún otro Estado miembro de la Unión Europea.

    2. Haber nacido en la Comunidad Autónoma de Aragón o llevar residiendo seis meses en ella a la fecha del fin del plazo de presentación de solicitudes.

    3. Haber obtenido la titulación universitaria que se indique en la correspondiente convocatoria en un plazo no superior al que allí se establezca. El título deberá ser oficial en todo el territorio nacional o, en el caso de haberse obtenido con arreglo a enseñanzas oficiales en el extranjero, deberá estar homologado a un título oficial español.

    4. No haber disfrutado con anterioridad de una beca con el mismo objeto financiada por el Gobierno de Aragón, por un plazo superior a seis meses.

    5. No estar incurso en ninguna de las exclusiones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

  7. Los requisitos enumerados en el apartado anterior deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

  8. Asimismo, la convocatoria de cada una de las becas podrá exigir requisitos específicos, tales como la realización de másteres o estudios de postgrado y otros en materias relacionadas con el objeto y la finalidad de la beca.

  9. Procedimiento de concesión de las becas.

  10. El procedimiento de concesión de las becas se efectuará en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de publicidad, objetividad, transparencia...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR