Baleares aprueba el Plan Director Sectorial de Prevención y Gestión de Residuos Peligrosos
Autor | Dra. Eva Blasco Hedo |
Cargo | Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT) |
Páginas | 182-183 |
Recopilación mensual – n. 101, mayo 2020
182
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 15 de mayo de 2020
Baleares aprueba el Plan Director Sectorial de Prevención y Gestión de Residuos
Peligrosos
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del
Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Decreto 14/2020, de 8 de abril (BOIB núm. 54, de 9 de abril de 2020)
Palabras clave: Residuos. Planificación. Gestión. Instalaciones. Vertederos. Amianto.
Iniciativa privada. Instrumentos de ordenación territorial.
Resumen:
El nivel de desarrollo de la sociedad actual va íntimamente unido a una demanda creciente
de productos y servicios que va ligada a una producción de residuos en general y de residuos
peligrosos en particular. En este sentido, se pone de manifiesto la necesidad de desarrollar
estrategias de planificación y actuación que permitan reducir los efectos negativos asociados
a la producción y la gestión de estos residuos.
La Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, obliga (art. 14.2) a las
comunidades autónomas a elaborar los planes autonómicos de gestión de residuos.
El procedimiento de elaboración y aprobación de los planes directores sectoriales de
prevención y gestión de residuos, según establece el artículo 18 de la Ley 8/2019, de 19 de
febrero, de residuos y suelos contaminados de las Illes Balears, es el previsto en el artículo
13 de la Ley 14/2000, de 21 de diciembre, de ordenación del territorio, que, en todo caso,
han de integrar el componente ambiental en todas las fases de elaboración y aprobación,
incluido su seguimiento, en los términos que establece la normativa reguladora de evaluación
ambiental estratégica de planes y programas.
En este contexto, el presente Plan consta de un diagnóstico, consultable en la página del
servicio de Residuos y Suelos Contaminados, así como de un texto normativo con 19
artículos, divididos en 4 capítulos, 3 disposiciones transitorias y 5 anexos.
Se trata de un instrumento de ordenación territorial que tiene por objeto regular la incidencia
territorial de la política sectorial de residuos peligrosos en las Illes Balears, ordenando las
infraestructuras y los equipamientos necesarios y definiendo el modelo de prevención y
gestión de residuos, de acuerdo con la legislación vigente.
El capítulo II lleva por rúbrica "Programas, objetivos estratégicos, líneas estratégicas,
medidas y seguimiento de las medidas”.
El capítulo III se refiere a las instalaciones previstas en el Plan para la gestión de residuos
peligrosos, tanto a los vertederos, como las instalaciones para la eliminación de residuos que
contienen amianto y las instalaciones mixtas para la gestión de residuos peligrosos y no
peligrosos, así como el informe de la Administración Hidráulica en el momento de la
selección de las ubicaciones de los vertederos y las instalaciones en el ámbito de sus
competencias.
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