STSJ Extremadura , 10 de Noviembre de 2005

PonenteELENA CONCEPCION MENDEZ CANSECO
ECLIES:TSJEXT:2005:1456
Número de Recurso1556/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución10 de Noviembre de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.EXTREMADURA SALA CON/AD CACERES SENTENCIA: 00879/2005 La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S.M. el Rey, ha dictado la siguiente:

SENTENCIA NUM. 879 PRESIDENTE:

DON WENCESLAO OLEA GODOY MAGISTRADOS:

DOÑA ELENA MÉNDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON DANIEL RUÍZ BALLESTEROS/

En Cáceres a diez de Noviembre de dos mil cinco.

Visto el recurso contencioso administrativo número 1.556 de 2003, promovido por la Procuradora Doña María José González Leandro, en nombre y representación de ARQUIMOBY 98 S.L., siendo demandada la JUNTA DE EXTREMADURA, representada y defendida por el Sr. Letrado de su Gabinete Jurídico, recurso que versa sobre: Resolución dictada por el Consejero de Agricultura y Medio Ambiente, de la Junta de Extremadura, de fecha 29 de octubre de 2003, desestimatoria del recurso de alzada interpuesto por ARQUIMOBY,98 S.L., contra la del Director General de Política Agraria Comunitaria, por la que se liquidaba la ayuda de ovino caprino, campaña 2001, con penalización como consecuencia de la disminución entre lo solicitado y lo comprobado y subvencionable, en un porcentaje del 33,6%. Cuantía indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.

SEGUNDO

Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entregó el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso con imposición de las costas a la parte demandada; y dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de las costas a la parte actora.

TERCERO

Recibido el recurso a prueba, se admitieron las declaradas pertinentes por la Sala, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este período, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose día para la votación y fallo del presente recurso, llevándose a efecto en el fijado.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Siendo Ponente para este trámite la Ilma. Sra. Magistrada Doña ELENA MÉNDEZ CANSECO, que expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se somete a la consideración de la Sala, la legalidad de la Resolución dictada por el Consejero de Agricultura y Medio Ambiente, de la Junta de Extremadura, de fecha 29 de octubre de 2003, desestimatoria del recurso de alzada interpuesto por el hoy actor ARQUIMOBY,98 S.L., contra la del Director General de Política Agraria Comunitaria, por la que se liquidaba la ayuda de ovino caprino, campaña 2001, con penalización como consecuencia de la disminución entre lo solicitado y lo comprobado y subvencionable, en un porcentaje del 33,6%. Considera el recurrente que tal Resolución no es ajustada a Derecho....

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