Orden ITC/2148/2010, de 30 de julio, por la que se aprueban las bases para la concesión de ayudas con cargo al programa AVANZA Nuevas Infraestructuras de Telecomunicaciones, dentro de la acción estratégica de telecomunicaciones y sociedad de la información del plan nacional de investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica, 2008-2011 y se efectúa la convocatoria correspondiente al ejercicio de 2010.

MarginalBOE-A-2010-12596
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

La innovación tecnológica se ha convertido en uno de los factores clave para el crecimiento económico a largo plazo y, con ello, del bienestar de la sociedad en general. La Unión Europea ha situado la política de ciencia y tecnología en uno de sus ejes centrales, y como una de las piezas principales de la Estrategia de Lisboa a la que dará continuidad la Agenda Digital para Europa.

En España, la principal herramienta de programación de la política científica y tecnológica es el VI Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica para el período 2008-2011, aprobado mediante acuerdo de Consejo de Ministros de 14 de septiembre de 2007 y que puede consultarse en la dirección www.plannacionalidi.es. En la elaboración de dicho Plan, se ha tomado como referencia la Iniciativa Ingenio 2010, aprobada por el Gobierno en junio de 2005, que es el instrumento para conseguir la convergencia con la Unión Europea en materia de I+D+I mediante una mayor dotación de recursos y la puesta en marcha de actuaciones estratégicas.

La Acción Estratégica de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información del VI Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011, tiene como objetivo general la consecución del adecuado desarrollo y utilización de las tecnologías, aplicaciones, servicios y contenidos de la Sociedad de la Información para contribuir al éxito de un modelo de crecimiento basado en el incremento de la competitividad y la productividad, la promoción de la igualdad social y regional, la accesibilidad universal y la mejora del bienestar y la calidad de vida de los ciudadanos. Dentro de dicha Acción se incluyen todas las medidas del Plan Avanza (2005-2010), aprobado por el Consejo de Ministros en su reunión del 4 de noviembre de 2005, como un plan de convergencia con Europa y entre las Comunidades Autónomas y las Ciudades de Ceuta y Melilla en el ámbito de la Sociedad de la Información.

La Orden ITC/464/2008, de 20 de febrero, por la que se regulan las bases, el régimen de ayudas y la gestión de la Acción Estratégica de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información dentro del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011, articulaba la citada acción estratégica en distintas áreas y subprogramas.

La citada orden fue modificada en varias ocasiones, lo que aumentó su complejidad, siendo finalmente sustituida por la Orden ITC/712/2010, de 16 de marzo, por la que se regulan las bases, el régimen de ayudas y la gestión del plan avanza, en el marco de la acción estratégica de telecomunicaciones y sociedad de la información, dentro del plan nacional de investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica, 2008-2011.

La nueva orden reguló las distintas áreas y programas en que se articula la acción estratégica de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información, a excepción del eje de infraestructuras que se desarrolla en la presente orden, incorporando una simplificación y clarificación de su estructura y procedimientos.

Con esta orden se da continuidad a las actuaciones previamente realizadas en el marco del Subprograma Avanza Infraestructuras poniendo el acento en el uso, funcionalidad y la calidad de los servicios digitales de banda ancha, al tiempo que se impulsa la transición a las redes de nueva generación, a diferencia del periodo anterior donde la prioridad residía en la cobertura de una banda ancha de prestaciones mínimas.

Asimismo, con esta orden se da cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se aprueban las bases y se realiza la convocatoria para la realización de actuaciones encaminadas al desarrollo de un nuevo contexto digital basado en infraestructuras eficientes de banda ancha.

El hecho de que mediante esta orden se regule el único subprograma de la Acción Estratégica de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información, no previsto en la Orden ITC/712/2010, de 16 de marzo, unido a la especificidad de las ayudas y a su nuevo enfoque justifican que, conforme a lo previsto en el artículo 23.2.a) de la Ley General de Subvenciones las bases reguladoras se incluyan en la propia convocatoria.

En este momento, como consecuencia de la actual situación financiera internacional, una fuerte restricción del crédito y una mayor exigencia en relación con las garantías exigidas por las entidades financieras, podría afectar negativamente a la puesta en marcha de nuevas iniciativas empresariales. Esta situación podría dificultar la obtención de los avales para los préstamos que se exigen en la normativa reguladora. Este hecho, teniendo en cuenta la situación económica anteriormente descrita, puede ser un obstáculo importante para la consecución de los objetivos que se persiguen precisamente con la puesta en marcha de este programa de ayudas, y por estos motivos se ha considerado conveniente no exigir la aportación de dichas garantías en la convocatoria al ejercicio de 2010.

Las actuaciones previstas en esta orden pueden ser consideradas como ayudas de Estado, por lo que las bases se han diseñado ajustándose al contenido de las directrices comunitarias para la aplicación de las normas sobre ayudas estatales al despliegue rápido de redes de banda ancha (2009/C 235/04), publicadas en el «Diario Oficial de la Unión Europea» de 30.9.2009. Asimismo, de acuerdo con las disposiciones del Reglamento (CE) n.º 659/1999 del Consejo, de 22 de marzo, por el que se establecen disposiciones de aplicación del artículo 93 del Tratado CE (actualmente artículo 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea), la presente orden ha sido notificada a la Comisión Europea para su autorización previa.

En lo que respecta a la convocatoria de 2010, desde el punto de vista procedimental, se intensifican las medidas orientadas a la simplificación documental, a la eliminación de la exigencia de garantías para el pago anticipado de ayudas, así como al avance en la utilización de medios telemáticos en todas las fases del procedimiento, desde la presentación hasta la justificación de la realización del proyecto, que deberán llevarse a cabo con alguno de los sistemas de firma electrónica previstos en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

Las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas que se aprueban por esta orden incorporan las previsiones, garantías y controles contenidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como las de su Reglamento, quedando sometidas todas las solicitudes de ayuda al régimen general de concurrencia competitiva y a las normas de procedimiento definidas para él en dicha ley.

Esta orden se estructura en tres capítulos y cuatro anexos: El primer capítulo recoge disposiciones de carácter general, fijando aspectos como los objetivos generales, el ámbito del programa, los beneficiarios, los tipos de ayudas y sus límites; el segundo recoge el procedimiento de gestión: órganos convocantes, forma de realizar la solicitud, proceso de evaluación y de pago; el tercero recoge los aspectos relativos a la convocatoria de 2010. Los anexos se refieren a aclaraciones o precisiones sobre apartados de la parte dispositiva.

La presente orden se dicta al amparo de la competencia estatal en materia de telecomunicaciones prevista por el artículo 149.1.21.ª de la Constitución Española. En este marco, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio es el departamento de la Administración General del Estado encargado, entre otras funciones, de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de telecomunicaciones.

En su virtud, dispongo:

CAPÍTULO I Disposiciones generales

Primero. Objeto de la orden.

  1. La presente orden tiene por objeto el establecimiento de las bases para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, con cargo al Programa Avanza Nuevas Infraestructuras de Telecomunicaciones, que desarrolla el eje de infraestructuras del Plan Avanza, en el que se concreta la acción estratégica de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011.

  2. Asimismo mediante esta orden se efectúa la convocatoria correspondiente al ejercicio de 2010.

    Segundo. Ámbito material.–Su ámbito material se circunscribe a la sublínea instrumental relativa a los programas para el desarrollo de infraestructuras (banda ancha, TV digital), de la línea 2 de ámbitos temáticos que producen nuevos servicios o contenidos de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información, los cuales se desarrollan a través del eje de infraestructuras del Plan Avanza.

    Tercero. Ámbito temporal.

  3. El ámbito temporal de vigencia de esta orden será desde el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», hasta el 31 de diciembre de 2011, fecha en la que finaliza el mencionado Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011.

  4. No obstante los proyectos financiados con cargo a esta orden se seguirán rigiendo por ella y por las correspondientes convocatorias dictadas al amparo de la misma hasta su finalización y cierre.

    Cuarto. Ámbito geográfico.–Los servicios a prestar deberán referirse a las zonas geográficas que se explicitan en el apartado sexto para cada línea de actuación. Las infraestructuras asociadas se localizarán en los lugares que resulten técnica y económicamente más adecuados.

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