Orden ITC/464/2008, de 20 de febrero, por la que se regulan las bases, el régimen de ayudas y la gestión de la Acción Estratégica de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información dentro del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011.

Fecha de Entrada en Vigor27 de Febrero de 2008
MarginalBOE-A-2008-3622
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Industria, Turismo y Comercio
Rango de LeyOrden

La investigación científica, el desarrollo e innovación tecnológica se ha convertido en uno de los factores clave para el crecimiento económico a largo plazo y, con ello, del bienestar de la sociedad en general. La Unión Europea ha situado la política de ciencia y tecnología en uno de sus ejes centrales, y como una de las piezas principales de la renovada Estrategia de Lisboa para el crecimiento y el empleo.

La política de ciencia, tecnología e innovación, que tiene como finalidad la generación de conocimiento mediante el desarrollo de actividades de investigación, y en último término la creación de riqueza y de mejora de los niveles de bienestar social, debe contribuir a alcanzar los objetivos planteados en el marco de la política de la Unión Europea orientada a mejorar de modo significativo el esfuerzo general en investigación, desarrollo e innovación (I+D+i).

En el caso de España, la principal herramienta de programación de la política científica y tecnológica es el VI Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica para el período 2008-2011, aprobado mediante acuerdo de Consejo de Ministros de 14 de septiembre de 2007 y que puede consultarse en la dirección www.plannacionalidi.es.

En la elaboración de dicho VI Plan, se ha tomado como referencia la Iniciativa Ingenio 2010, aprobada por el Gobierno en junio de 2005, que es el instrumento para conseguir la convergencia con la Unión Europea en materia de I+D+i mediante una mayor dotación de recursos y la puesta en marcha de actuaciones estratégicas.

La presente orden, regula las bases, el régimen de ayudas y la gestión de la Acción Estratégica de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011.

Para dar cumplimiento a los objetivos establecidos en dicho plan nacional de I+D+i, se ha considerado necesario articular un conjunto de ayudas directas que estimulen la realización de esta Acción estratégica orientada a conseguir el adecuado desarrollo y utilización de las Tecnologías, Aplicaciones, Servicios y Contenidos de la Sociedad de la Información para contribuir al éxito de un modelo de crecimiento económico basado en el incremento de la competitividad y la productividad, la promoción de la igualdad social y regional, la accesibilidad universal y la mejora del bienestar y la calidad de vida de los ciudadanos.

En esta acción estratégica se incluyen medidas del Plan Avanza, cuyo objetivo global es el conseguir la convergencia en Sociedad de la Información con la Unión Europea y entre las Comunidades Autónomas en el año 2010.

Las bases reguladoras de las ayudas contempladas en esta orden incorporan las previsiones, garantías y controles contenidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, quedando sometidas todas las solicitudes de ayuda al régimen general de concurrencia competitiva y a las normas de procedimiento definidas para él en dicha ley.

Las ayudas objeto de la presente orden pueden ser cofinanciadas por fondos comunitarios, dentro de algunos de los programas operativos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) y del Fondo Social Europeo (FSE). Por ello se contempla la plena aplicación de los mecanismos de gestión y control propios de dichos programas operativos.

De acuerdo con las disposiciones del Reglamento (CE) n.º 659/1999 del Consejo, de 22 de marzo, por el que se establecen disposiciones de aplicación del artículo 93 del Tratado CE, esta orden ha sido notificada a la Comisión Europea en lo referente a los Subprogramas AVANZA I+D y AVANZA Infraestructuras para su autorización previa.

Esta orden se estructura en dos capítulos y siete anexos: el primer capítulo recoge disposiciones de carácter general, fijando aspectos como los objetivos generales, el ámbito del programa, los beneficiarios, los tipos de ayudas y sus límites; el segundo explica el procedimiento de gestión: órganos convocantes por tipo de proyecto, forma de realizar la solicitud, proceso de evaluación y de pago. Los anexos se refieren a aclaraciones o precisiones sobre apartados de la parte dispositiva.

La presente orden se dicta al amparo de la competencia estatal en materia de telecomunicaciones prevista por el artículo 149.1.15 y 149.1.21.ª de la Constitución Española. En este marco, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio es el departamento de la Administración General del Estado encargado, entre otras, de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de telecomunicaciones, medios audiovisuales y de desarrollo de la sociedad de la información.

En su virtud, dispongo:

CAPÍTULO I
Disposiciones generales

Primero. Objeto de la orden.-La presente orden tiene por objeto el establecimiento de las bases, el régimen de ayudas y la gestión de la Acción Estratégica de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011.

Segundo. Ámbito material.

  1. El ámbito material de esta orden se circunscribe a las líneas instrumentales definidas en la Acción Estratégica de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011, así como los correspondientes instrumentos de apoyo.

  2. La citada acción estratégica se articula en las siguientes áreas y subprogramas:

    2.1 Área de actuación de Economía Digital del Plan Avanza:

    2.1.a) Subprograma Avanza Formación.

    2.1.b) Subprograma Avanza I+D.

    2.1.c) Subprograma Avanza PYME.

    2.2 Área de actuación de Ciudadanía Digital del Plan Avanza:

    2.2.a) Subprograma Avanza Ciudadanía digital.

    2.2.b) Subprograma Avanza Servicios públicos digitales.

    2.2.c) Subprograma Avanza Infraestructuras.

    2.2.d) Subprograma Avanza Contenidos.

    Tercero. Ámbito temporal.

  3. El ámbito temporal de vigencia de esta orden coincide con el del citado Plan Nacional, esto es, desde el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» hasta el 31 de diciembre de 2011.

  4. Las ayudas destinadas a los proyectos cuyos tipos se definen en el apartado sexto, podrán tener carácter plurianual. Las ayudas estarán condicionadas a la existencia de consignación presupuestaria en cada ejercicio y a los requisitos que, para los compromisos de gastos de esta naturaleza, establece el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

  5. En el caso de proyectos o acciones cuyo plazo de ejecución se extienda más allá del año 2011, último año de vigencia del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e innovación Tecnológica (2008-2011), el pago de las ayudas correspondientes podrá llevarse a cabo hasta la finalización de su ejecución, de acuerdo con lo previsto en el apartado vigésimo séptimo.5 de la presente orden, según establezcan las respectivas resoluciones de concesión de ayudas.

    Cuarto. Ámbito geográfico.

  6. Las actividades objeto de ayuda podrán realizarse en la totalidad o parte del territorio nacional, si bien tendrán prioridad las que tengan carácter suprarregional.

  7. A efectos de la distribución regional de las ayudas correspondientes a los Subprogramas Avanza I+D y Avanza PYME, los criterios de valoración de las solicitudes tendrán en cuenta las actuaciones previstas en los programas operativos de aplicación de fondos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) cuya gestión haya sido encomendada a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.

    Asimismo, los criterios de valoración de las solicitudes correspondientes al Subprograma Avanza Formación darán prioridad a las actuaciones previstas en los programas operativos de aplicación del Fondo Social Europeo (FSE) cuya gestión haya sido encomendada a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, a efectos de la distribución regional de las ayudas.

    Quinto. Objetivos.

  8. Las actuaciones relacionadas en esta orden tienen como finalidad contribuir a la consecución de los objetivos de la Acción Estratégica de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011. En este sentido se señalan como metas:

    1. Situar a España en la vanguardia del conocimiento.

    2. Promover un tejido empresarial altamente competitivo.

    3. Promover Servicios públicos digitales y de calidad.

    4. Desarrollar un nuevo contexto digital basado en:

    1. Infraestructuras y servicios avanzados de telecomunicación.

    2. e-confianza para los servicios de la Sociedad de la Información.

    3. Contenidos digitales.

  9. Para lo que deberá abordar retos correspondientes a los siguientes ámbitos:

    1. La eficiencia de las infraestructuras y redes de información.

    2. Los entornos audiovisuales y multimedia.

    3. La Internet del futuro y los servicios.

    4. Los entornos inteligentes y ubicuos.

    5. La producción de software.

    Sexto. Tipos de proyectos y acciones objeto de ayuda.-Para los subprogramas descritos en el apartado segundo, podrán ser objeto de ayudas los proyectos y acciones siguientes:

  10. Subprograma Avanza Formación.-Se apoyarán exclusivamente proyectos y acciones de formación general, entendiendo por tal, de acuerdo con el Reglamento (CE) n.º 68/2001 de la Comisión, de 12 de enero de 2001, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas a la formación, aquella que incluye una enseñanza que no es única o principalmente aplicable en el puesto de trabajo actual o futuro del trabajador en la empresa beneficiaria, sino que proporciona cualificaciones en su mayor parte transferibles a otras empresas o a otros ámbitos laborales, con lo que mejora...

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