Orden 90/2000, de 7 de noviembre, de la Consejería de Desarrollo Autonómico y Administraciones Públicas, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión de una plaza vacante de la Escala Sanitaria del Cuerpo Facultativo Superior de Administración Especial (Médico Especialista-Medicina Interna) (F.04/00)

SecciónII. Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Desarrollo AutonoMico y Administraciones puBlicas
Rango de LeyOrden

De conformidad con la Disposición Adicional Única y Final Primera del Decreto 11/2000, de 30 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para 2000 y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, esta Consejería de Desarrollo Autonómico y Administraciones Públicas, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63.2.h) de la Ley 3/1990, de 29 de junio, de Función Pública de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en la Escala Sanitaria del Cuerpo Facultativo Superior de Administración Especial (Médico Especialista-Medicina Interna)(F.04/00).

Bases de la convocatoria

Base 1.- Normas Generales.

1.1.- Se convocan pruebas selectivas para cubrir 1 plaza vacante de la Escala Sanitaria del Cuerpo Facultativo Superior de Administración Especial (Médico Especialista-Medicina Interna), perteneciente al Grupo A de funcionarios.

1.2.- A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación la Ley 3/1990, de 29 de junio, de Función Pública

de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado; la Ley 17/1993, de 23 de diciembre sobre el acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea (BOE número 307, de 24 de diciembre), y las bases de esta convocatoria.

1.3.- El procedimiento de selección de los aspirantes será el de oposición.

1.4.- La fase de oposición consistirá en la realización de los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio: Los aspirantes deberán contestar por escrito a un cuestionario de cien preguntas con cuatro respuestas alternativas, de las que sólo una de ellas será correcta, relacionadas con el contenido del Programa.

El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de dos horas.

Segundo ejercicio: Consistirá en contestar por escrito hasta un máximo de doce preguntas, sobre la Parte Específica del Programa.

A tal efecto, el Tribunal preparará tres sobres cerrados con un máximo de doce preguntas cada uno, para proceder a su sorteo en el momento del examen.

El tiempo máximo para la realización de la prueba será de cuatro horas.

El ejercicio será leído públicamente ante el Tribunal, por los aspirantes, previo señalamiento de fecha, hora y lugar.

Tercer ejercicio: Consistirá en la resolución de un supuesto práctico (caso clínico), que versará sobre la Parte Específica del Programa y relacionado con el puesto de trabajo a desempeñar.

A tal efecto el Tribunal preparará tres sobres cerrados con un supuesto práctico en cada uno de ellos, para proceder a su sorteo en el momento del examen.

El tiempo máximo para la realización de la prueba será de tres horas.

Este ejercicio será leído públicamente ante el Tribunal por los opositores previo señalamiento de fecha, hora y lugar.

Concluida la lectura, el Tribunal podrá formular preguntas sobre el supuesto expuesto y solicitar aclaraciones sobre el mismo durante un plazo máximo de diez minutos.

Cuarto ejercicio: De carácter voluntario, consistirá en la traducción directa, sin diccionario de un texto de extensión no superior a una página propuesto por el Tribunal durante un tiempo máximo de cuarenta y cinco minutos, sobre uno de los siguientes idiomas:

-Inglés

-Francés

Este ejercicio será leído en sesión pública ante el Tribunal previo señalamiento de fecha, hora y lugar.

Para la verificación de este ejercicio, el Tribunal podrá ser asistido por asesores especialistas designados por el mismo.

1.5.- El Tribunal Calificador adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición, que no deban ser leídos públicamente ante el Tribunal Calificador, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes. Se excluirá a aquellos opositores en cuyas hojas de examen figuren nombres, rasgos, marcas o signos que permitan conocer la identidad de los mismos.

1.6.- El programa que ha de regir estas pruebas es el que figura como Anexo II a esta Orden.

Base 2.- Requisitos de los aspirantes.

2.1.- Para ser admitidos a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán

reunir los siguientes requisitos:

  1. Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados, a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.

    También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

    Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España.

  2. Tener cumplidos dieciocho años de edad.

  3. Ser Licenciado en Medicina y Cirugía y estar en posesión del título de Médico Especialista en Medicina Interna.

    En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

  4. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

    En las pruebas selectivas se establecerán para las personas disminuidas que lo soliciten, adaptaciones de tiempo y medios para su realización, de forma que gocen en las mismas, de igualdad de oportunidades respecto de los demás aspirantes.

  5. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

    2.2.- Los requisitos establecidos en las normas anteriores deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo representación de solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso selectivo.

    2.3.- Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y que, de conformidad con la base 6.1, estén exentos de la realización de la prueba previa de acreditación del conocimiento del castellano, deberán aportar a tal efecto fotocopia compulsada del Diploma Superior de Español como Lengua Extranjera o del Certificado de Aptitud en Español para extranjeros expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas.

    De no aportar esta documentación no podrán ser declarados exentos, debiendo en consecuencia realizar la prueba indicada anteriormente.

    2.4.- Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar en estas pruebas selectivas deberán presentar dos fotocopias del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de éste de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

    Base 3.- Solicitudes.

    3.1.- Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas presentarán su solicitud en el impreso correspondiente, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja, dirigido al Excmo. Sr. Consejero de Desarrollo Autonómico y Administraciones Públicas.

    3.2.- La presentación de solicitudes se efectuará en el Servicio de Atención al Ciudadano de la Comunidad Autónoma de La Rioja, c/Capitán Cortés, 1.- 26071.- Logroño, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las Representaciones Diplomáticas o Consulares Españolas.

    3.3.- Los impresos de solicitud serán facilitados gratuitamente, a quienes los soliciten en el Servicio de Atención al Ciudadano c/ Capitán Cortés, 1 26071.- Logroño o a través de la siguiente dirección de Internet: www.larioja.org

    Derechos de examen: De conformidad con lo dispuesto en la Ley 3/1992, de 9 de octubre: 4.000 pesetas, (24.04 Euros) que deberán ingresarse en la cuenta nº 2037 0070 74 01.042882.20 de Cajarioja.-, consignando: Comunidad Autónoma de La Rioja.- Consejería de Desarrollo Autonómico y Administraciones Públicas.- Secretaría General Técnica.- Recaudación de Tasas. El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina de Cajarioja, o mediante transferencia a la cuenta corriente antes mencionada, desde cualquier otra entidad financiera.

    El interesado adjuntará a su solicitud comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de examen.

    Únicamente se admitirán aquellas solicitudes cuyos derechos de examen se hayan satisfecho dentro del plazo establecido en la Base 3.1.

    En ningún caso, el pago supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.

    3.4.- En el apartado II de "Convocatoria", que figura en el modelo de solicitud, se consignará dentro del recuadro "Forma de acceso", la letra "L".

    En el apartado VI de "Datos a consignar según las bases de la Convocatoria", se indicará:

    - En el recuadro 1), los aspirantes con minusvalía deberán solicitar las adaptaciones posibles de tiempo y medios para la realización de los...

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