ORDEN IRP/499/2007, de 18 de diciembre, por la que se abre la convocatoria de concurso y se aprueban las bases para la concesión de becas para la investigación sobre las autonomías políticas territoriales para el año 2008.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE INTERIOR, RELACIONES INSTITUCIONALES Y PARTICIPACIÓN
Rango de LeyOrden

ORDEN

IRP/499/2007, de 18 de diciembre, por la que se abre la convocatoria de concurso y se aprueban las bases para la concesión de becas para la investigación sobre las autonomías políticas territoriales para el año 2008.

Mediante el Decreto 383/1984, de 22 de diciembre, se creó el Instituto de Estudios Autonómicos, con la finalidad de dotar a la Generalidad de un instrumento de estudio y de investigación en materia de autonomías políticas territoriales que contribuyera a la implantación del autogobierno de Cataluña.

Actualmente, el Instituto de Estudios Autonómicos está adscrito al Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación de acuerdo con el que dispone el apartado 4 del artículo 253 del Decreto 243/2007, de 6 de noviembre, de estructura del Departamento y, entre otros, tiene la función de promover el estudio y la investigación sobre las autonomías políticas territoriales en el Estado español y en el extranjero en los aspectos constitucional, político, económico, social y administrativo, con especial atención al régimen de autonomía de Cataluña.

Desde su creación, el Instituto viene impulsando la convocatoria de becas para realizar trabajos de investigación en el Estado español y en el extranjero, encarga estudios, organiza seminarios, realiza una amplia actividad editorial y ha formado un extenso fondo documental que se encuentra a disposición de todos los investigadores de los ámbitos vinculados a las autonomías territoriales y el federalismo.

Por eso, visto lo que dispone el capítulo IX del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, a propuesta del Instituto de Estudios Autonómicos y en uso de las facultades que me confiere el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Ordeno:

Artículo 1

1.1 Aprobar las bases reguladoras de las becas para la investigación sobre las autonomías políticas territoriales.

1.2 Se establecen cuatro modalidades de becas;

  1. la primera, prevista en el anexo 1 de esta Orden, está destinada a financiar estancias de investigación en el extranjero;

  2. la segunda, establecida en el anexo 2 de esta Orden, tiene por objeto financiar la realización de un trabajo en equipo en Cataluña y/o en el resto del Estado;

  3. la tercera, establecida en el anexo 3 de esta Orden, tiene por objeto financiar la realización de trabajos individuales en Cataluña y/o en el resto del Estado;

  4. la cuarta, establecida en el anexo 4 de esta Orden, tiene por objeto financiar la estancia de investigadores extranjeros en el marco de grupos de investigación de universidades catalanas;

Las bases de las cuatro modalidades figuran en el anexo 5 de esta Orden.

Artículo 2

2.1 Convocar las ayudas destinadas a financiar la investigación sobre las autonomías políticas territoriales para el año 2008.

2.2 El plazo de presentación de solicitudes acabará el día 15 de febrero de 2008.

Artículo 3

La cuantía máxima destinada a las cuatro modalidades de becas es de 180.000 euros, con cargo a la partida presupuestaria IT05D/480000100/1210 o partida equivalente del presupuesto para el año 2008.

Artículo 4

Corresponde al director del Instituto de Estudios Autonómicos el otorgamiento de las ayudas previstas en la presente convocatoria.

Barcelona, 18 de diciembre de 2007

Joan Saura i Laporta

Consejero de Interior, Relaciones Institucionales y Participación

Anexo 1

Becas para estancias de investigación en el extranjero

.1 Objeto

Estas becas tienen por objeto financiar estancias en una universidad o en una institución pública de investigación en el extranjero para la realización de trabajos de investigación relacionados con las autonomías políticas territoriales.

.2 Destinatarios

2.1 Las becas se dirigen a licenciados en derecho, ciencias económicas, ciencias políticas y sociología. Excepcionalmente, se considerarán las licenciaturas en otras especialidades cuando el interés del proyecto y su relación con el objeto de la convocatoria lo justifique.

2.2 Los destinatarios tienen que cumplir, además, los requisitos siguientes:

  1. Tener vecindad administrativa en Cataluña.

  2. Tener la nacionalidad de uno de los estados miembros de la Unión Europea.

  3. Ser profesor, investigador o estudiante de doctorado de una institución universitaria o centro de investigación de Cataluña.

  4. Tener un conocimiento correcto, oral y escrito, de la lengua de trabajo del centro escogido.

  5. Obtener la admisión o el permiso de investigación por parte del centro donde el candidato desee realizar el trabajo de investigación.

  6. En el caso de los candidatos que no tengan el título de doctor, el aval de un profesor de una universidad de Cataluña, con título de doctor, que al mismo tiempo asuma la tutoría de la investigación.

.3 Duración

El candidato tiene que proponer la duración y precisar las fechas de la estancia en el extranjero según el objeto y el contenido del proyecto de investigación, sin que en ningún caso la estancia pueda ser superior a nueve meses, ni acabar más tarde del mes de junio de 2009.

.4 Cuantía

4.1 La comisión de selección, regulada en la base 6 del anexo 5, establecerá la cuantía de cada una de las becas de acuerdo con la duración y teniendo en cuenta que el importe máximo se fija en 1.700 euros mensuales.

4.2 En la cantidad resultante se entienden comprendidos los viajes, la estancia, las matrículas, los materiales y cualquier otro gasto en el país de destino. El becario también será beneficiario de una póliza de seguros para asistencia en viaje.

.5 Pago

El pago de la beca se hará efectivo de la manera siguiente:

Un 40% del total del importe, a partir de la aceptación de la beca por parte de los adjudicatarios.

Un 30% del total del importe, cuando se cumpla la mitad del plazo de la estancia del becario en el extranjero.

El resto de la beca, un 30% del total, una vez entregado el trabajo final de investigación y evaluado positivamente por parte del Instituto.

Anexo 2

Beca para la realización de un trabajo en equipo en Cataluña y/o en el resto del Estado

.1 Objeto

Esta beca tiene por objeto financiar un trabajo colectivo de investigación, original e inédito, directamente relacionado con las autonomías políticas territoriales, relativo a cuestiones jurídicas, económico-financieras o sociopolíticas, tanto de carácter general como sectorial, que se realice en universidades o en centros de investigación de Cataluña o del resto del Estado.

.2 Destinatarios

2.1 La beca se dirige a profesores e investigadores que sean licenciados en derecho, ciencias económicas, ciencias políticas y sociología. Excepcionalmente, se considerarán las licenciaturas en otras especialidades cuando el interés del proyecto y su relación con el objeto de la convocatoria lo justifique.

2.2 Los candidatos miembros del equipo tienen que cumplir, además, los requisitos siguientes:

  1. Tener la nacionalidad de uno de los estados miembros de la Unión Europea.

  2. Ser profesor o investigador de una institución universitaria o un centro de investigación de Cataluña o del resto del Estado.

  3. El director de la investigación tendrá que tener el título de doctor.

.3 Cuantía

La comisión de selección, regulada en la base 6 del anexo 5, establecerá la cuantía de la beca de acuerdo con el contenido del proyecto de investigación y del presupuesto presentado. El importe de la beca no podrá exceder los 60.000 euros, y podrá ser declarada desierta.

.4 Plazo de ejecución

El trabajo se tendrá que finalizar y entregar en la fecha que se fije en el documento de aceptación, que como máximo será la del 30 de junio de 2010. El Instituto establecerá el sistema de seguimiento de la ejecución del trabajo.

.5 Pago

El pago de la beca se hará efectivo de la manera siguiente:

Un 20% del total del importe, a partir de la aceptación de la beca por parte de los adjudicatarios.

Un 25% del total del importe, una vez transcurrido un tercio del periodo de ejecución del trabajo, previa justificación del trabajo realizado, mediante el formulario correspondiente, que tendrá que ser evaluado positivamente por el Instituto.

Un 25% del total del importe, una vez transcurrido dos tercios del periodo de ejecución del trabajo, previa...

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