STSJ Murcia 356, 9 de Mayo de 2006

PonenteJOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ
ECLIES:TSJMU:2006:356
Número de Recurso490/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución356
Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2006
EmisorSala de lo Social

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL MURCIA SENTENCIA: 00541/2006 ROLLO Nº: RSU 490/06 46050 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MURCIA En MURCIA, a nueve de mayo del dos mil seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. JOSE LUIS ALONSO SAURA, y los Iltmos.

Sres. Magistrados, D. JOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ y D. MANUEL RODRÍGUEZ GOMEZ, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente:

SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por Mutua Asepeyo Matepss 151, contra la sentencia núm. 22/06 del Juzgado de lo Social número Cuatro de Murcia, de fecha 26 de Enero de 2006, dictada en proceso número 693/05 , sobre Seguridad Social, y entablado por Mutua Asepeyo frente a Servicio Murciano de Salud.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "1º.- El trabajador D. Alberto , nacido el 5-01-1946, desde el 1-03-1999 venía prestando servicios para la empresa Transportes Delfín González SL, con la categoría de conductor-mecánico; el día 4- 07-2003 cuando se encontraba en la fábrica Derrapes en Canteras, y "mientras esperaba" para efectuar la carga del prefabricado de hormigón, "sintió un fuerte dolor en el pecho"; acudió a los servicios médicos de Mutua Asepeyo, con la cuál la mencionada empresa tenía cubierto el riesgo derivado de accidente de trabajo, que lo remiten al Hospital Santa Mª del Rosell de Cartagena, quedando ingresado con el diagnóstico de infartos isquémicos lacunares en ganglios basales de hemisferio cerebral izquierdo por aterotrombosis y/o neurolues, neurosífilis meningo-vascular, hipertensión arterial, hipercolesterolemia, insuficiencia renal leve, siendo dado de alta el 19-07-2003. 2º.- La empresa referida emitió parta de accidente de trabajo en fecha 8-07-2003, y los servicios médicos de la Mutua demandante expidieron parte de baja médica derivada de accidente de trabajo en fecha 23-07-2003, con efectos de 4-07-2003, sin diagnóstico, siendo remitido a la consulta de Neurología, y prestándole asistencia sanitaria y médica de la que se derivan los gastos siguientes:...

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