DECRETO 294/1984, de 20 de noviembre, por el que se asignan a la Consejería de Gobernación los servicios y funciones transferidas por la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de espectáculos públicos.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE GOBERNACION
Rango de LeyDecreto

Por Real Decreto 1677/1984, de 18 de julio, se transfieren a la Comunidad Autónoma de Andalucía servicios y funciones en materia de espectáculos públicos.

Procede, por tanto, asignar a la Consejería de Gobernación las competencias transferidas por el citado Real Decreto, como Departamento adecuada para ello en razón a la naturaleza y contenido de los servicios y funciones asumidas, sin perjuicio de su posterior distribución entre los órganos y unidades de la citada Consejería.

En consecuencia, en virtud de las competencias que me otorga el artículo 16, apartado cuatro, de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, a propuesta del Consejero de Gobernación y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 20 de noviembre de 1984,

DISPONGO

Artículo Unico Se asignan a la Consejería de Gobernación los servicios y funciones transferidos a la Junta de Andalucía en materia de espectáculos públicos por Real Decreto 1677/1984, de 18 de julio.
DISPOSICION FINAL

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 20 de noviembre de 1984

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

JOSE MIGUEL SALINAS MOYA

Consejero de Gobernación

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