Asamblea constituyente ¿llave al comunismo?

AutorÓscar Súmar Albújar
CargoGerente de Educación en la Universidad Científica del Sur (Perú)
Páginas367-403
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© UNED. Revista de Derecho Político
N.º 118, septiembre-diciembre, 2023, págs. 365-403
Fecha recepción: 18.10.2022
Fecha aceptación: 12.09.2023
ASAMBLEA CONSTITUYENTE:
¿LLAVE AL COMUNISMO?
ÓSCAR SÚMAR ALBÚJAR1
Universidad Cientíca del Sur (Perú)
1. INTRODUCCIÓN
Existe una tendencia autocrática —especialmente notoria en Latinoamérica— a
usar la constitución como un arma para destruir el estado de derecho; y, de la población,
a ver la reforma constitucional como una herramienta necesaria para lograr este n.
Esto ha hecho que la discusión pública se centre en la convocatoria a asambleas cons-
tituyentes y la reforma de las constituciones. Esto se basa en el hiper formalismo que
afecta la cultura legal en la región, incluso llegando al «fetichismo del derecho»2.
Adicionalmente, existe la idea de que una constitución «socialista» o incluso «comu-
nista» no es un oxímoron, especialmente entre los que ven la reforma constitucional
«revolucionaria» como deseable3. Otro punto llamativo es como se obvia —en la ma-
yoría de los trabajos4— la inuencia del movimiento castro-chavista (con el respaldo
1 Gerente de Educación en la Universidad Cientíca del Sur (Perú). Fellow, Public Law and
Policy Program, UC Berkeley. Carretera Panamericana Sur Km. 19 s/n. Código Postal: 15067. Email:
osumar@cientica.edu.pe . ORCID: https://orcid.org/0000-0001-7658-9606.
2 «… creemos que todo se arregla con leyes, con constitución». En esta entrevista, el intelectual
chileno José Rodriguez Elisondo hace referencia al formalismo que lleva a muchas personas a creer que
el cambio de constitución en Chile es el momento determinante para saber si ha sido o no capturado
nalmente por el movimiento castro-chavista. Rodríguez Elisondo hace referencia explícita al
movimiento castro-chavista como causa de las reformas pseudo-legalistas en la región, como una marca
distintiva de este movimiento. En: José Rodríguez Elizondo y las Constituciones de América Latina |
Última Mirada: https://www.youtube.com/watch?v=l5-Nw-1Ntto
3 Peng, A. (2011) «Sinicized Marxist Constitutionalism: Its Emergence, Contents, and
Implications». Global Discourse, vol. 2 – N° 1, pp. 83-107. Disponible en: https://doi.org/10.1080/23
269995.2011.10707886
4 Ver, por ejemplo, comentarios de personajes tan relevantes como Velasco o Sanborn comentando
los hechos recientes en Chile o Perú, donde no solo obvian sino niegan (en el caso de Sanborn) la
existencia de una «pink tide» en la región. Velasco, A. (2020). «Institutional vulnerability, breakdown
of trust: a model of social unrest in Chile». The World Bank Documents. Disponible en:
https://thedocs.worldbank.org/en/doc/4e36da4a39482b4a469d847d749fb178-0050022021/
original/Institutional-vulnerability-breakdown-of-trust.pdf. Además, Sanborn, C. (2022). «Quagmire:
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de China y Rusia) —a pesar de la gran cantidad de evidencia acerca de ésta— en los
procesos políticos de la región.
Los motivos de esta omisión no son materia de este trabajo, pero sí nos interesa
destacar un aspecto de ésta. Tal como fue destacado por Marcuse5, una buena parte de
la labor académica o cientíca —actual— es eminentemente formal. Esto es especial-
mente cierto en los estudios legales, políticos y económicos; donde la «modelación»
y el trabajo estadístico se han vuelto la norma. Importa más la corrección técnica y
formal, que tratar de efectivamente entender la realidad en base a hechos. Hablar de
hechos concretos que afectan el devenir histórico, se confunde con el activismo, el
trabajo periodístico y las columnas de opinión. Creo que ésta es una hipótesis posible
acerca de porqué académicos respetados obvian mencionar hechos tan difíciles de
asir e incluir en un análisis formal. Otra explicación, por supuesto, es la «captura»
de la sociedad —incluyendo la academia— justamente por los grupos que explican
la degradación de las instituciones que se pretende explicar6. En este trabajo, haré
un esfuerzo por tocar temas actuales, reriéndome a notas periodísticas y mi propia
observación del acontecer político, pero intentando enmarcar esto en un discurso
académico, con un método atrás, aunque no sea tan explícito. El método consiste en
denir una serie de conceptos esquivos y algunos problemas que no suelen plantearse
en la teoría constitucional. Luego, estudiaremos el caso peruano en base a dichos con-
ceptos y aproximaciones teóricas, para intentar explicar los acontecimientos desde
julio de 2021 hasta diciembre de 2022. Finalmente, intentaremos extraer algunas
conclusiones que pueda ser generalizables, al menos a procesos similares en la región.
En este trabajo, tomaré como excusa el —quizá abortado— proceso «revolu-
cionario» de cambio constitucional peruano para demostrar que —incluso bajo la
propia perspectiva de los que gobernaron el país entre julio de 2021 y diciembre de
2022— una nueva constitución no solo es innecesaria para sus planes, sino que es
The Castillo Administration Turns One». Disponible en: https://www.wilsoncenter.org/blog-post/
quagmire-castillo-administration-turns-one
De manera similar, un número completo de la European Journal of Latin American Studies que, en su
introducción, no menciona ni una vez al movimiento bolivariano o castro-chavista. Bull, B. y Rosales,
A. (2020). «The crisis in Venezuela: Drivers, transitions, and pathways». European Review of Latin
American and Caribbean Studies 109, p. 1. Disponible en: https://doi.org/10.32992/erlacs.10587
5 Marcuse, H. (1990). El hombre unidimensional: Ensayo sobre la ideología de la sociedad industrial
avanzada. 2a ed. Barcelona: Ariel.
6 A pesar de ser un estudioso de la regulación, familiarizado con el proceso de «captura», antes
de leer a Caenegan, nunca se me había ocurrido que los profesores somos también susceptibles a esa
captura.
Caenegem, R. C. van. (1987). Judges, Legislators, and Professors: Chapters in European Legal History.
Cambridge: Cambridge University Press.
Y por supuesto, existe documentación especíca acerca de esta inuencia: Brady, A-M. (2017).
«Magic Weapons: China’s political inuence activities under Xi Jinping». Wilson Center. Disponible
en: https://www.wilsoncenter.org/article/magic-weapons-chinas-political-inuence-activities-under-
xi-jinping
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sustancialmente contradictoria, aunque esto último no los detendría de usarla en caso
fuese necesario.
En julio de 2021, buena parte de la población creía que el recientemente elegido
presidente, Castillo, cerraría el Congreso peruano y haría cuestión de conanza7 para
convocar a una asamblea constituyente, en el corto plazo. La postura parecía bastan-
te razonable, dado que el ex presidente pertenece a un partido que se dene como
«marxista-leninista» y es cercano al movimiento castro-chavista. Como se sabe, Ve-
nezuela, Bolivia y Ecuador reformaron sus constituciones a través de asambleas cons-
tituyentes, que fueron convocadas por Chávez, Morales y Correa el primer día de sus
mandatos. Castillo reforzó esta creencia, anunciando que convocaría a una asamblea
constituyente en los meses siguientes a julio de 2021, aunque con el concurso del
propio Congreso8. La turbulencia política en Perú en los últimos años, también abo-
naban a esta tesis. Sumado a esto, existía un fuerte consenso entre los considerados
«opositores» al gobierno en que esto ocurriría; si no el primer día, sí en los primeras
semanas o meses de gobierno. Esta asamblea constituyente no solo ocurría, sino que
sería la «llave al comunismo»9.
A pesar de toda esta evidencia apabullante en contra, mantuve públicamente que
el gobierno no haría cuestión de conanza alguna, no cerraría el Congreso y menos
aún impulsaría de forma seria una asamblea constituyente; al menos en su primer
año de gobierno. Habiendo transcurrido más de un año desde que Castillo asumió
la presidencia, desde julio de 2021 hasta diciembre de 2022, su gobierno no había
presentado ni una sola cuestión de conanza, menos aún cerrado el Congreso y ni si-
quiera había hecho esfuerzos reales para la creación de una asamblea constituyente10.
Lo que es más, cuando Castillo efectivamente intentó cerrar el Congreso y llamar a
una asamblea constituyente —mediante un mensaje en televisión nacional el 7 de
7 La «cuestión de conanza» es un mecanismo de la Constitución peruana que permite al
presidente exigirle al Congreso que ratique a ministros o políticas públicas impulsadas con él, bajo el
apercibimiento de considerar «negada» la conanza, si se rehúsa a hacerlo. Si el Congreso le niega dos
conanzas, el presidente tiene la facultad de disolver el Congreso.
8 En su mensaje de 28 de julio de 2021, el primer día de su mandato, dijo expresamente que
«Todos saben que una de nuestras principales banderas políticas es la convocatoria a una Asamblea
Constituyente que dote a nuestra patria de una nueva carta magna. Insistiremos en esta propuesta, pero
siempre en el marco de la ley».
9 Ghersi, E. (2021). Sobre La Asamblea Constituyente. [Entrevista] Carla García. Políticas. Lima:
Willax Televisión. Disponible en: https://willax.tv/enrique-ghersi-con-una-asamblea-constituyente-
pueden-hacer-lo-que-se-les-de-la-gana-video/
10 En este punto, es relevante señalar que la oposición no esperó inactiva la convocatoria a una
asamblea constituyente, sino que intentó «ponerle candados» al intento de Castillo. Por un lado, se hizo
una recolección de más de un millón de rmas. La oposición en el Congreso también reguló la cuestión de
conanza de tal forma en que fuera ilegal su presentación. Sin embargo, las rmas no fueron presentadas
durante el gobierno de Castillo y la cuestión de conanza es una norma constitucional, con lo cual su
regulación por parte del Congreso difícilmente podría considerarse más que una interpretación de parte.
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