Arrendamientos urbanos, epidemia del COVID-19 y estado de alarma (II). Suspensión de los desahucios con arreglo al Real Decreto Ley 37/2020, de 23 de diciembre

AutorTeresa Asunción Jiménez París
CargoProfesora contratada Doctora de Derecho civil, Acreditada a Profesor titular de Universidad, Universidad Complutense de Madrid
Páginas1308-1335
1308 Revista Crítica de Derecho Inmobiliario, N.º 784, págs. 1308 a 1335
1.7. Concursal
Arrendamientos urbanos, epidemia
del COVID-19 y estado de alarma (II).
Suspensión de los desahucios con arreglo
al Real Decreto Ley 37/2020, de 23 de diciembre
Urban leases, COVID-19 epidemic
and state of alarm (II).
Suspension of evictions in accordance with
Royal Decree Law 37/2020, of December 23
por
TERESA ASUNCIÓN JIMÉNEZ PARÍS
Profesora contratada Doctora de Derecho civil
Acreditada a Profesor titular de Universidad
Universidad Complutense de Madrid
RESUMEN: El Real Decreto Ley 11/2020 tiene su origen en el estado de
alarma decretado el 14 de marzo de 2020 e introduce una serie de medidas
en beneficio de los arrendatarios considerados vulnerables, si bien la prórroga
extraordinaria de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual y la mo-
ratoria voluntaria pactada con el arrendador que no es gran tenedor no exigen
ese requisito de vulnerabilidad en el arrendatario. Recientes normas han intro-
ducido modificaciones en los plazos de solicitud de esas medidas (así para la
moratoria arrendaticia en caso de arrendador gran tenedor, para los préstamos
avalados por el Estado y para las ayudas del Plan Estatal de Vivienda) o en el
periodo durante el cual puede producirse el vencimiento del contrato (en el caso
de la prórroga extraordinaria del mismo). Pero la medida más trascendental,
por afectar a la esencia misma del derecho de propiedad, es la suspensión de
los desahucios por impago de rentas o cantidades asimiladas y por expiración
del plazo contractual en caso de vulnerabilidad del arrendatario consecuencia
de los efectos de la epidemia del COVID-19. En este sentido, el Real Decreto
Ley 37/2020 ha modificado el Real Decreto Ley 11/2020 (art.1), para prever una
suspensión de los procesos de desahucio mencionados, o de los lanzamientos,
hasta el 8 de mayo de 2021 (incluido), fecha en que finaliza el segundo estado
de alarma decretado por Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre y prorrogado
por el Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre. El propio legislador, consciente
del carácter expropiatorio de la medida, prevé una compensación para los arren-
dadores siempre que concurran ciertos requisitos (así, que las administraciones
públicas tarden más de 3 meses desde la emisión del informe por los servicios
sociales en adoptar las medidas que garanticen la necesidad habitacional del
hogar vulnerable).
Revista Crítica de Derecho Inmobiliario, N.º 784, págs. 1308 a 1335 1309
Arrendamientos urbanos, epidemia del COVID-19 y estado de alarma (II)
ABSTRACT: Royal Decree Law 11/2020 has its origin in the state of alarm
decreed on March 14, 2020 and introduces a series of measures for the benefit of
tenants considered vulnerables, although the extraordinary extension of housing lease
contracts and the voluntary moratorium agreed with the lessor who is not a large
holder do not require this vulnerability requirement in the tenant. Recent regulations
have introduced modifications in the application deadlines for these measures (for
the rental moratorium in the case of a large landlord; for loans guaranteed by the
State and for State Housing Plan aid) or in the period during which the contract
may expire (in the case of an extraordinary extension of the contract). But the
most important measure, because it affects the very essence of property rights, is
the suspension of evictions due to non-payment of rents or similar amounts and
due to expiration of the contractual term in case of vulnerability of the tenant as
a result of the effects of the epidemic of the COVID-19. In this sense, Royal Decree
Law 37/2020 has modified Royal Decree Law 11/2020 (article 1), to provide for a
suspension of the aforementioned eviction processes, or of the launches, until May
8 2021 (included), the date on which the second state of alarm decreed by Royal
Decree 926/2020, of October 25 and extended by Royal Decree 956/2020, of November
3, ends. The legislator himself, aware of the expropriating nature of the measure,
provides compensation for landlords, provided that certain requirements are met
(thus, that public administrations take more than 3 months from the issuance of
the report by the social services, to adopt the measures that guarantee the housing
need of the vulnerable home).
PALABRAS CLAVE: Arrendamientos urbanos. Epidemia del COVID-19. Sus-
pensión de los desahucios.
KEY WORDS: Urban leases. Covid-19 epidemic. Suspension of evictions.
SUMARIO: I. INTRODUCCIÓN.—II. SUSPENSIÓN DE LOS DESAHUCIOS
POR IMPAGO DE RENTAS ARRENDATICIAS O VENCIMIENTO DEL CON-
TRATO: 1. DE ACUERDO CON LA REDACCIÓN DEL REAL DECRETO LEY 11/2020, ANTES DE
LA REFORMA OPERADA POR REAL DECRETO LEY 37/2020. 2. DE ACUERDO CON LA REFORMA
OPERADA POR REAL DECRETO LEY 37/2020.—III. PRÓRROGA EXTRAORDINARIA DE
LOS CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA HABITUAL.—IV.MO-
RATORIA ARRENDATICIA EN CASO DE ARRENDADOR GRAN TENEDOR.
—V.AYUDAS TRANSITORIAS DE FINANCIACIÓN (PRÉSTAMOS AVALADOS Y
SUBVENCIONADOS POR EL ESTADO).—VI. AYUDAS DIRECTAS DEL ESTADO
A INQUILINOS CON DIFICULTADES PARA DEVOLVER LAS AYUDAS TRAN-
SITORIAS DE FINANCIACIÓN.—VII. CONCLUSIONES.—VIII. BIBLIOGRAFÍA.
I. INTRODUCCIÓN
La situación de parálisis a que se ha abocado al conjunto de la sociedad
española (y a su tejido productivo) por las decisiones de confinamiento y
verdadera expropiación del derecho al trabajo (consecuencia de la regula-
ción del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de
marzo, que entró en vigor ese mismo día, y sus prórrogas; del Real Decreto

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