SAP Málaga 199/2008, 8 de Abril de 2008
Ponente | MANUEL TORRES VELA |
ECLI | ES:APMA:2008:304 |
Número de Recurso | 891/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 199/2008 |
Fecha de Resolución | 8 de Abril de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Málaga, Sección 4ª |
SENTENCIA Nº 199
AUDIENCIA PROVINCIAL MÁLAGA
SECCION CUARTA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA
PRESIDENTE ILMO. SR.
D.MANUEL TORRES VELA
MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.
D.JOAQUIN DELGADO BAENA
D.JOSE LUIS LOPEZ FUENTES
REFERENCIA:
JUZGADO DE PROCEDENCIA: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº13 DE MÁLAGA
ROLLO DE APELACIÓN Nº 891/2007
JUICIO Nº 1567/2004
En la Ciudad de Málaga a ocho de abril de dos mil ocho.
Visto, por la SECCION CUARTA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al margen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio de Proced. Ordinario (N) seguido en el Juzgado de referencia. Interpone el recurso Alejandra que en la instancia fuera parte demandada y comparece en esta alzada representado por el Procurador D. AMALIA CHACON AGUILAR y defendido por el Letrado D. ESCALANTE DOMINGUEZ, PILAR. Es parte recurrida Melisa y Cristina que está representado por el Procurador D. FRANCISCO IBAÑEZ CARRION y defendido por el Letrado D. CARLOS JIMÉNEZ GARCÍA-HIRSCHFELD, que en la instancia ha litigado como parte demandante.
El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 27/04/07 , en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "Que estima íntegramente la demanda interpuesta por doña Cristina y doña Melisa frente a doña Alejandra con los siguientes pronunciamientos:
-
- Se declara declarando resuelto el contrato de arrendamiento del local sito en c/ Mendoza Tenorio nº 26 (antes 16) bajo, al concurrir causa de denegación de prórroga forzosa por cierre del local por más de seis meses en el curso de un año, condenado a la demandada doña Alejandra a pasar por dicha declaración.2.- Se condena a la demandada al pago de las costas de esta instancia.
Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. La votación y fallo ha tenido lugar el día 03/04/08 quedando visto para sentencia.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.
Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. MANUEL TORRES VELA quien expresa el parecer del Tribunal.
Frente a la sentencia de instancia, estimatoria de la demanda origen de este procedimiento, que declaró resuelto el contrato de arrendameinto de local de negocio por haber este permanecido cerrado durante más de seis meses en el curso de un año, se alza el presente recurso de apelación, que en síntesis se sustenta en que el juzgador de instancia apreció erroneamente la prueba practicada en lo que se refiere tanto a la recepción por el arrendatario de la carta de puesta a disposición del referido local comercial como respecto de la condición de gerente o apoderado del establecimiento de D. Rodrigo.
La parte apelada que solicitó la inadminibilidad del recurso por no tener satisfechas las rentas vencidas como exige el art. 449.1 de la LEC , impugnó las alegaciones efectuadas de contrario, solicitando la confirmación de la sentencia apelada.
Previamente a examinar los motivos de recurso la Sala debe pronunciarse sobre la alegacion de la parte apelada relativa a la inadmisibilidad del referido recurso por falta de consignación de las rentas vencidas y las que con arreglo al contrato deba pagar por adelantado conforme al art. 449 de la LEC .
Pues bien, examinado el procedimiento y el escrito de preparación del recurso se comprueba que no se acreditó por la recurrente tener satisfechas las rentas del arrendamiento ni siquiera hizo manifestación alguna al respecto, tal y como impone el art....
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