SAP Pontevedra 25/2000, 26 de Enero de 2000
Ponente | JUAN MANUEL LOJO ALLER |
ECLI | ES:APPO:2000:222 |
Número de Recurso | 11/2000 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 25/2000 |
Fecha de Resolución | 26 de Enero de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Pontevedra, Sección 5ª |
SENTENCIA Nº 25/00 Vigo a veintiséis de Enero de dos mil
En el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada en los autos de Cognición num. 647/99, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Num. 1 de los de Vigo , en los que son parte, de una como apelante y demandada D. Eduardo bajo la dirección de la Letrado Dª. Mª Jesús Alvarez Orth y de la otra como apelado y demandante D. Jose Carlos representado por el procurador D. Alberto Nieto Quiles y defendido por la Letrado Dª. Ana Dominguez Perez,
Se aceptan los de la Sentencia de primera instancia, y
En los autos a que este rollo se refiere en fecha 1-12-1999 el Juzgado de Primera Instancia Num. 1 de los de Vigo dictó Sentencia cuyo FALLO textualmente dice:
"FALLO: Que estimando la demanda presentada por el Procurador Sr. Nieto Quiles en representación de D. Jose Carlos , contra D. Eduardo , debo condenar y condenó a dicho demandado a abonar al actor la cantidad de DOSCIENTAS VEINTIDOS NOVECIENTAS SESENTA (222.960) PESETAS, y al pago de las costas causadas en esta instancia."
Y, contra dicha sentencia, por la parte demandada se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, solicitando la revocación de la misma y conferido traslado de dicho recurso a la parte contraria, se opuso al mismo, solicitando la confirmación de la sentencia recurrida.
En la tramitación de esta instancia se han cumplido las prescripciones y términos legales, siendo ponente el Ilmo. Sr. Presidente D. JUAN MANUEL LOJO ALLER quien expresa el parecer de la Sala.
Se aceptan los de la Sentencia apelada.
El art. 1385 del C. Civil en su párrafo 2º , establece que cualquiera de los cónyuges podrá efectuar la defensa de los bienes y derechos comunes por vía de acción o de excepción. Este es un precepto de contenido amplio y no restrictivo.
En el caso presente si bien la resolución relación locativa se concertó entre el actor D. Jose Carlos y su esposa Dª. Fátima , como arrendadores, nada impide que el primero ejercite una acción relativa al incumplimiento de pactos relativos y al pago de impuestos contra el arrendatario, en interés de la comunidad matrimonial, aunque no lo diga expresamente, pues ello se sobreentiende por el contenido de la documental aportada con la demanda relativa al arriendo.
En el...
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