ORDEN TIC/504/2003, de 10 de diciembre, por la que se modifica la Orden TIC/422/2002, de 10 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la economía social en Cataluña, modificada por la Orden TIC/106/2003, de 28 de febrero (código de convocatoria 001).

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

TIC/504/2003, de 10 de diciembre, por la que se modifica la Orden TIC/422/2002, de 10 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la economía social en Cataluña, modificada por la Orden TIC/106/2003, de 28 de febrero (código de convocatoria 001).

Visto que es voluntad del Departamento de Trabajo, Industria, Comercio y Turismo garantizar la compatibilidad de todas las ayudas previstas en esta Orden con las normas sobre la competencia contenidas en el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, se ha puesto de manifiesto la necesidad de modificar la Orden TIC/422/2002, de 10 de diciembre (DOGC núm. 3833, de 28.2.2003), por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la economía social en Cataluña y se establece la convocatoria para el año 2003 para la presentación de solicitudes de estas subvenciones, modificada por la Orden TIC/106/2003, de 28 de febrero (código de convocatoria 001), añadiendo las recomendaciones de la Comisión Europea en relación con las ayudas que se prevén;

Visto el capítulo 9 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña;

Visto el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento i régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, con los informes previos de la Asesoría Jurídica y de la Intervención Delegada, de acuerdo con las atribuciones que me son conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Objeto

Esta Orden tiene por objeto modificar las bases reguladoras de las subvenciones aprobadas mediante la Orden TIC/422/2002, de 10 de diciembre, modificada por la Orden TIC/106/2003, de 28 de febrero, para adecuarla a las sigerencias efectuadas por la Comisión Europea al efecto de garantizar la compatibilidad de las ayudas reguladas en dicha Orden con el Mercado Común.

Artículo 2

Se modifica el apartado 2 del artículo 23 de la Orden TIC/422/2002, de 10 de diciembre, en su redacción dada por la Orden TIC/106/2003, de 28 de febrero, que queda redactado de la manera siguiente:

"23.2 Las subvenciones concedidas no podrán sobrepasar en ningún caso el máximo establecido por la normativa de mínimis de la Unión Europea, fijado en 100.000 euros, durante el periodo de tres años anteriores, de acuerdo con el Reglamento (CE) núm. 69/2001 de la Comisión de 12...

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