ORDEN ARP/117/2004, de 13 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para el fomento de la artesanía alimentaria en Cataluña y se convocan las correspondientes al año 2004.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

ARP/117/2004, de 13 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para el fomento de la artesanía alimentaria en Cataluña y se convocan las correspondientes al año 2004.

Cataluña ha sido desde siempre un país que, en el campo alimentario, se ha caracterizado por la elaboración de unos productos realizados de forma artesanal con unas características individualizadas y muy arraigadas en los hábitos de consumo de sus habitantes.

De acuerdo con el Decreto 163/1986, de 26 de mayo, que regula la artesanía alimentaria en Cataluña (DOGC núm. 703, de 20.6.1986), se considera como tal la actividad de elaboración y transformación de productos alimentarios, que cumplan los requisitos señalados por la legislación en la materia, que están sujetos a unas condiciones durante todo el proceso productivo que garantizan al consumidor un producto final individualizado, de buena calidad y con características diferenciales, que pueden obtenerse a partir de pequeñas producciones controladas por la intervención personal del artesano.

La artesanía ocupa un punto importante de inflexión entre el consumo del producto sin transformar y la industria de la alimentación.

Las entidades asociativas de artesanos sin ánimo de lucro, proporcionan a sus asociados asesoramiento e información sobre la adaptación a las nuevas tecnologías, y al mismo tiempo unen esfuerzos para alcanzar objetivos comunes que beneficien al conjunto de artesanos asociados y aumenten el conocimiento de la producción artesanal alimentaria entre los consumidores.

El Plan de desarrollo rural (PDR) prevé entre las medidas incluidas en el programa específico de Cataluña el fomento de la artesanía alimentaria.

Valorada la conveniencia de fomentar las actuaciones destinadas a su promoción, de acuerdo con el Decreto legislativo 3/2002, de 24 en diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Aprobar las bases reguladoras de las ayudas para el fomento de la artesanía alimentaria en Cataluña, que se publican en el anexo de esta Orden.

Artículo 2

2.1 Convocar las ayudas destinadas a fomentar la artesanía alimentaria de Cataluña correspondientes al año 2004 para las actuaciones realizadas desde el 1 de diciembre de 2003, de acuerdo con las bases reguladoras que se aprueban en el artículo 1 de esta Orden.

2.2 El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden en el DOGC.

2.3 El plazo máximo para emitir la resolución y notificarla por escrito al solicitante será de seis meses contado a partir de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

2.4 Las ayudas establecidas en esta Orden, que tienen el carácter de cofinanciadas de acuerdo con lo que prevé el Plan de desarrollo rural, irán a cargo de la partida presupuestaria 2004 1702 D/780170100/7142 de los presupuestos del Departamento de Agricultura...

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