ORDEN JUS/1445/2003, 4 de junio, por la que se aprueban los Estatutos orientativos de la Sociedad Limitada Nueva Empresa

AutorCol.legi de Notaris de Catalunya
Páginas99-100

DISPOSICIÓN

La Disposición Adicional décima introducida por la Ley 7/2003, de 1 de abril, de la sociedad limitada Nueva Empresa, en la Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada, establece, en su apartado segundo, que «Por Orden del Ministerio de Justicia se aprobará un modelo orientativo de estatutos de la sociedad Nueva Empresa».

La utilización de estos estatutos orientativos por parte de los emprendedores que constituyan este tipo de sociedades determina una consecuencia que viene establecida en la propia Ley antes citada, en el artículo 134, apartado 6, cuando establece que «Cualquiera que sea la forma de tramitación, y siempre que se utilicen los estatutos sociales a que se refiere el apartado segundo de la disposición adicional décima, el registrador mercantil deberá calificar e inscribir, en su caso en el plazo máximo de veinticuatro horas, contado a partir del momento del asiento de presentación o, si tuviere defectos subsanables, desde el momento de la presentación de los documentos de subsanación».

Por su parte, la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR