ORDEN de 23 de febrero de 2006, por la que se aprueba el Plan Anual de Inspección de Servicios Sanitarios.

Sección1. Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN de 23 de febrero de 2006, por la que se aprueba el Plan Anual de Inspección de Servicios Sanitarios.

El artículo 14 del Reglamento de Ordenación de la Inspección de Servicios Sanitarios de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 224/2005, de 18 de octubre, establece que por Orden de la Consejería de Salud se aprobará el Plan Anual de Inspección en el que se definirán los programas generales y específicos correspondientes, y que la Inspección de Servicios Sanitarios desarrollará las funciones de acuerdo con el mismo.

En la elaboración del Plan se ha dado participación a los distintos órganos directivos de la Consejería de Salud, Servicio Andaluz de Salud, y Delegaciones Provinciales de Salud, habiéndoseles solicitado propuestas de actuación a incluir en el ejercicio 2006, que suponen una gran parte de los programas específicos que se han incluido.

Las funciones atribuidas a la inspección de Servicios Sanitarios en el Reglamento de Ordenación de la misma determinan las actuaciones inspectoras que configuran el plan anual, dife

renciándose las actividades que derivan de una solicitud no programable (actividad a demanda), las actividades derivadas de una planificación (actividades programadas), las actividades de evaluación de los contratos programa de la Consejería de Salud con el Sistema Sanitario Público de Andalucía, además de la especificidad de las actividades y objetivos previstos para el control de la incapacidad temporal. Las actividades a demanda no son propiamente objetivos, sino previsiones de actividad, pero se incluyen en el Plan con objeto de dar trasparencia a todas las actuaciones inspectoras y por suponer una importante carga de trabajo.

En su virtud, a propuesta de la Secretaria General Técnica, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.1 del citado Decreto 224/2005, de 18 de octubre, y en el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

DISPONGO

Artículo único Aprobar el Plan Anual de Inspección de Servicios Sanitarios para 2006 que figura como Anexo a la presente Orden.
Disposiciones Finales
Disposición Final Primera Facultar a la Secretaria General Técnica para la adopción de las medidas necesarias en orden al desarrollo y ejecución de los programas de inspección.
Disposición Final Segunda La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 23 de febrero de 2006

MARIA JESUS MONTERO CUADRADO

Consejera de Salud

ANEXO PLAN ANUAL DE INSPECCION DE SERVICIOS SANITARIOS 2006 El Plan Anual de Inspección establece los objetivos a desarrollar en cada ejercicio anual por la Inspección de Servicios Sanitarios en cumplimiento de las funciones asignadas a ésta.

Para ello se estructura en los tres programas generales de actuación en que se encuentra organizada la Inspección y los correspondientes programas específicos que los desarrollan.

En este ejercicio se ha introducido un elemento más en la estructura del plan, como son las líneas estratégicas que se han definido en el II Plan de Calidad del Sistema Sanitario Público de Andalucía por la Consejería de Salud, en la medida que son aplicables a las funciones que desarrolla la Inspección de Servicios Sanitarios.

Los programas generales son: I. Programa general de Inspección de Centros y Servicios sanitarios.

  1. Programa general de Inspección Farmacéutica. III. Programa general de Inspección de Incapacidad Temporal.

Las líneas estratégicas que informan sobre las pautas y dirección que han de seguir las actuaciones definidas en los programas específicos son:

Estas líneas estratégicas son:

- Línea estratégica destinada a asumir necesidades y expectativas de la ciudadanía: Ello significa que se ha identificado su papel central en el sistema sanitario y la obligación

de establecer un sistema de garantías que lo preserve, desarrollando nuevos derechos, mecanismos que aumenten su participación, que la relación con el sistema sea más personalizada y transparente.

- Línea estratégica de garantía de calidad de los centros sanitarios: Las autorizaciones administrativas por parte de la autoridad sanitaria de centros y establecimientos sanitarios son el inicio del proceso de garantía de calidad, por el que se acredita el cumplimiento de los criterios mínimos de calidad o requisitos que se exigen. Posteriormente, de acuerdo al modelo de acreditación de Andalucía, en un proceso de mejora continua buscando la excelencia en la prestación de los servicios, se podrán ir solicitando certificaciones de cumplimiento de criterios más exigentes.

- Línea estratégica de garantía de calidad de los servicios sanitarios: La gestión clínica, la gestión por procesos, la gestión por competencias son elementos en los que se está avanzando y que precisan una evaluación de su desarrollo.

- Línea de colaboración de la Inspección de Servicios Sanitarios con otras Instituciones:

En el caso del programa de inspección de incapacidad temporal, se han sustituido las líneas correspondientes a centros y servicios, que no le son de aplicación por la siguiente:

- Línea estratégica destinada a impulsar la innovación y modernización del sistema: La gestión de la información y de la tecnología que lo soporta es un instrumento de primera magnitud en la gestión de la incapacidad temporal, por lo que se ha incluido en este programa general, aun cuando en los otros programas se deberán ir sentando las bases para su progresiva introducción. I.

PROGRAMA GENERAL DE INSPECCION DE CENTROS Y SERVICIOS SANITARIOS

I.A. Línea estratégica destinada a asumir necesidades y expectativas de la ciudadanía.

Programas específicos: I.A.1. Denuncias con relación a la atención sanitaria. Objetivos y contenido: Se elaborarán los informes solicitados por la autoridad sanitaria, derivados de denuncias relativas al funcionamiento de centros, establecimientos y servicios sanitarios, prestaciones sanitarias y garantías reconocidas a la ciudadanía. Los informes se realizarán en el plazo acordado por la autoridad sanitaria, pudiendo solicitarse la autorización de prórrogas para su finalización, en función de la complejidad de la investigación necesaria para esclarecer los hechos denunciados.

Ambito de actuación: Todos los informes solicitados por la autoridad sanitaria, derivados de denuncias relativas a este objetivo.

I.A.2. Garantía de plazo en consultas externas, procedimientos diagnósticos y procesos asistenciales.

Objetivos y contenido: Se evaluará la aplicación del Decreto de garantía de plazo en consultas externas, procesos asistenciales y procedimientos diagnósticos en el Sistema Sanitario Público de Andalucía, así como de la normativa de desarrollo, verificando entre otras cosas la existencia de los registros obligatorios, su funcionamiento, documentación acreditativa, cumplimiento de plazos, y funcionamiento del procedimiento para la garantía en caso necesario. Incluido en Contratos Programas Consej.Salud -SSPA.

Ambito de actuación: Hospitales y Centros de Salud que participen en los procesos evaluados del Sistema Sanitario Público de Andalucía.

I.A.3. Anticoncepción de emergencia. Objetivos y contenido: Se realizará un programa de evaluación de las actividades de potenciación de estrategias de promoción de la salud dirigidas específicamente a mujeres,

en concreto de la adaptación de los centros sanitarios del SSPA a las nuevas necesidades de las mujeres, fundamentalmente jóvenes y adolescentes, en materia de anticoncepción de emergencia para evitar tanto los embarazos no deseados como la transmisión de enfermedades infecciosas. Se inspeccionará el cumplimiento de la normativa al efecto, tanto en cuanto a dispensación como a disponibilidad de la píldora postcoital. Incluido en Contratos Programas Consejería de Salud-SSPA.

Ambito de actuación: Servicios de urgencia hospitalarios y extrahospitalarios, así como servicios de planificación familiar en centros de salud, del Sistema Sanitario Público de Andalucía.I.A.4. Proyectos en materia de ayuda mutua y autocuidado.

Objetivos y contenido: Se llevará a cabo la evaluación del desarrollo de algunos proyectos en materia de ayuda mutua voluntaria y autocuidado, subvencionados por la Dirección General de Salud Pública y Participación, destinados a centros de atención temprana, para potenciar la capacidad de desarrollo y de bienestar de niños discapacitados y al Programa de Atención Sanitaria (PAS) del Plan de Alzheimer.

Ambito de actuación: Proyectos seleccionados entre los subvencionados en el ámbito autonómico, tanto a Ayuntamientos como a Entidades Locales y asociaciones de familiares.I.A.5. Medidas sanitarias frente al tabaquismo en centros sanitarios.

Objetivos y contenido: En todas las actuaciones inspectoras, tanto en el sector público como en el privado, se vigilará en centros, establecimientos o servicios sanitarios el cumplimiento de la Ley 28/2005, de medidas sanitarias frente al tabaquismo, en lo relativo a venta, consumo, publicidad. En caso de detección de incumplimiento se elevará acta de inspección, remitiéndose al Delegado Provincial de Salud correspondiente.

Ambito de actuación: Todos los Centros sanitarios visitados públicos o privados con motivo de cualquier actuación inspectora.

I.B. Línea estratégica de garantía de calidad de los centros sanitarios.

Programas específicos: I.B.1. Autorizaciones de centros sanitarios. Objetivos y contenido: Se elaborarán los informes técnico-sanitarios, solicitados por la autoridad sanitaria competente, para las autorizaciones administrativas de instalación, funcionamiento, modificación, renovación y cierre de centros y establecimientos sanitarios, valorando la adecuación a la normativa vigente y su calidad mediante la comprobación de los requisitos contenidos en los...

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