STSJ Comunidad de Madrid , 10 de Septiembre de 1998

PonenteANTONIA DE LA PEÑA ELIAS
Número de Recurso1573/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución10 de Septiembre de 1998
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA Proc. Sr. Ibáñez de la Cadiniere Proc. Sr. Rodríguez Montaut. Ref. 32.718 RECURSO NÚMERO 1573 de 1996 PONENTE SRA. Mª Antonia de la Peña Elias SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO S E N T E N C I A NÚM. 832 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SECCIÓN 4ª

Presidente Ilmo. Sr Enrique Calderón de la Iglesia Magistrados Ilmos. Sres. Juan Ignacio González Escribano Dª. Mª Antonia de la Peña Elias En Madrid, a diez de septiembre de mil novecientos noventa y ocho.

Visto por la Sala del margen el recurso nº 1573 de 1996 interpuesto por el Procurador Sr. Ibáñez de la Cadiniere en representación de la entidad Roldán S.A., contra las resoluciones del Ayuntamiento de Madrid de 22 de mayo y 16 de julio de 1996 que en reposición confirmaron las providencias de apremio números 960380012 03 y 96124004749 par importe de 405973 pesetas y 411567 pesetas respectivamente y por el. "concepto tributario de precio publicó por aprovechamiento de la vía pública con paso de carruajes situado en el Camino Pirotecnia s/n correspondiente a los ejercicios de 1.988 a 1994; habiendo sido parte el. Ayuntamiento de Madrid representado por el Procurador Sr. Rodríguez Montaut.

La cuantía del recurso es de 817.540 pesetas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado en fecha 2 de septiembre de 1996 contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazado para que dedujera demanda, lo que llevé a efecto mediante escrito en el que tras alegar los fundamentos de hecho de derecho que consideró pertinentes, termina suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos y las providencias de apremio notificadas condenando a la Administración en costas y al pago da los gastos del aval aportado ante el Ayuntamiento demandado.

SEGUNDO

La representación procesal de la parte demandada contesta a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, termino pidiendo la desestimación del presente recurso.

TERCERO

No solicitado el recibimiento a prueba se dio traslado para conclusiones sucesivamente á las distintas partes, quienes las evacuaron en sendos escritos, en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.

CUARTO

Con fecha 9 de septiembre de 1998 se celebró el acto de votación y Fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para Sentencia.

Siendo Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dª Mª Antonia de la Peña Elias, quién expresa al parecer de la Sección.

Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La entidad actora Roldán, S.A. impugna las resoluciones del Ayuntamiento de Madrid de 22 de mayo y 16 de julio de 1996 que en reposición confirmaron las providencias de apremio números 96038001203 y...

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