RESOLUCIÓN de 25 de febrero de 2004, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, para la realización de programas de apoyo a familias en situaciones especiales.

MarginalBOE-A-2004-6272
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Trabajo y Asuntos Sociales
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 25 de febrero de 2004, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, para la realización de programas de apoyo a familias en situaciones especiales.

Suscrito el Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para la realización de programas de apoyo a familias en situaciones especiales, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el 'Boletín Oficial del Estado' del citado Convenio, que figura como Anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 25 de febrero de 2004.--El Secretario general técnico, Javier Cepeda Morrás.

ANEXO

Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para la realización de programas de apoyo a familias en situaciones especiales

En Madrid, a 11 de diciembre de 2003.

REUNIDOS

De una parte,el Excmo. Señor Don Eduardo Zaplana Hernández-Soro,

Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 674/2002 de 9 de Julio (Boletín Oficial del Estado número 164, de 10 de Julio), en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con la redacción dada a la misma por la Ley 4/1999, de 13 de enero, (Boletín Oficial del Estado número 12), sobre competencia para celebrar Convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas.

Y de otra parte, el Excmo. Sr. D. Tomás Mañas González, Consejero de Bienestar Social, nombrado por Decreto 115/2003, de 7 de julio (D.O.C.M.

n.o 99 de 8 de Julio de 2003), en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha de acuerdo con la autorización conferida por el artículo 23 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del ConsejoConsultivo de Castilla-La Mancha.

Ambas partes se reconocen mútua capacidad para obligarse y convenir, y

MANIFIESTAN

Primero.--Que la finalidad del presente Convenio es la colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Segundo.--Que el objeto del mismo es financiar conjuntamente programas de apoyo a familias en situaciones especiales.

Tercero.--Que al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales le corresponde la protección y promoción del menor y la familia, de acuerdo con lo previsto en los Reales Decretos 758/96 de 5 de mayo, 839/96 de 10 de mayo, 1888/96 de 2 de agosto y Real Decreto 140/97 de 31 de enero.

Cuarto.--Que la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha ostenta competencias en materia de Asistencia Social y Servicios Sociales, de acuerdo con el artículo n.o 31.1, Apartado 20 de su Estatuto (Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto) y los Reales Decretos 251/1982, de 15 de enero y 1975/1984, de 26 de septiembre, de transferencia de competencias, funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de Servicios y Asistencia Sociales.

Quinto.--Que de acuerdo con lo establecido en la regla cuarta del apartado dos del artículo 153 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, en la redacción dada al mismo por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales Administrativas y de Orden Social, es procedente la suscripción del presente Convenio de Colaboración.

Sexto.--Que la Ley 52/2002, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2.003 (B.O.E. del día 31), incluye un crédito adscrito al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, que aparece consignado con la clasificación 19.04.313O.454.01, transferencias corrientes a Comunidades Autónomas para la realización de programas de apoyo a familias en situaciones especiales, con una dotación de 13.702.030,00 A.

Séptimo.--Que la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha garantiza la existencia de dotación presupuestaria para similares fines.

Octavo.--Que es voluntad del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales promover y potenciar la realización de programas dirigidos a apoyar y prestar atención a familias que se encuentran en situaciones especiales, así como prevenir que estas situaciones puedan degenerar en situaciones de exclusión social o desintegración familiar.

Noveno.--Que los proyectos se han seleccionado de acuerdo con los criterios objetivos de distribución acordados con las Comunidades Autónomas, en la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales, y, a su vez, fueron aprobados por Acuerdo del Consejo de Ministros del día 11 de abril de 2003 (B.O.E. del 14 de mayo de 2003).

Décimo.--Que la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha tiene previsto la puesta en marcha de programas de las características apuntadas.

Por todo lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente Convenio de Colaboración, de acuerdo con lo establecido en el artículo seis de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 153 del Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria, y que se regirá con arreglo a las siguientes CLÁUSULAS

Primera.--El presente Convenio tiene por objeto establecer la colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, para el desarrollo de los Programas de apoyo a familias en situaciones especiales siguientes, tal como se especifican en el anexo de este Convenio.

  1. ...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR