Aportes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos a la jurisprudencia de la tierra

AutorMayra Cabral Brea
CargoUniversidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), Cátedra UASD-UNESCO: Cultura de Paz, Derechos Humanos y Democracia
Páginas217-233
Anuario Facultad de Derecho - Universidad de Alcalá XIII (2020) 217-233
ISSN: 1888-3214
APORTES DE LA CORTE INTERAMERICANA
DE DERECHOS HUMANOS
A LA JURISPRUDENCIA DE LA TIERRA
CONTRIBUTIONS OF THE INTER-AMERICAN COURT
OF HUMAN RIGHTS TO JURISPRUDENCE OF THE EARTH
MAYRA CABRAL BREA
Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD)
Cátedra UASD-UNESCO: Cultura de Paz, Derechos Humanos y Democracia
Recibido: 17/08/2020
Aceptado: 09/09/2020
Resumen: El presente artículo estudia los principales fundamentos teóricos y antecedentes his-
tóricos del reconocimiento de los derechos de la Naturaleza y la línea jurisprudencial desarrollada
por la Corte Interamericana de Derechos Humanos con relación al medio ambiente y los recursos
naturales. La autora analiza los aportes de la referida Corte a la Jurisprudencia de la Tierra a partir
del cambio de enfoque antropocéntrico propuesto en su opinión consultiva núm. 23 de 2017 y
sugiere el reconocimiento de los derechos de la Naturaleza mediante la interpretación del artículo
26 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos en aras de impulsar en la región la
consiguiente inmediata protección simultánea y armónica de los derechos fundamentales de la
Naturaleza y de las personas al medio ambiente.
Palabras claves: derechos de la Naturaleza, Jurisprudencia de la Tierra, Corte Interamericana de
Derechos Humanos, OC-23/17.
Abstract: This article studies the main theoretical and historical antecedents of the recognition
of the rights of Nature and the jurisprudential line developed by the Inter-American Court of
Human Rights in relation to the environment and natural resources. The author analyzes the
contributions of the aforementioned Court to the Jurisprudence of the Earth from the change
of anthropocentric approach proposed in its advisory opinion no. 23 of 2017 and suggests the
recognition of the rights of Nature through the interpretation of Article 26 of the American
Convention on Human Rights in order to promote in the region the immediate simultaneous
and harmonious protection of the fundamental rights of Nature and people´s rigths to a healthy
environment.
Keywords: Rights of Nature, Jurisprudence of the Earth, Inter-American Court of Human
Rights, OC-23/17.
SUMARIO: 1. PRINCIPALES ANTECEDENTES TEÓRICOS E HISTÓRICOS PARA EL
RECONOCIMIENTO DE LOS DERECHOS DE LA NATURALEZA. 2. EL ENFOQUE DE
LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS PREVIO A LA OC-23/17. 3.
HACIA UN CAMBIO DE PARADIGMA EN LA JURISPRUDENCIA DE LA CORTE IDH. 4.
CONCLUSIONES. BIBLIOGRAFÍA.
218 Mayra Cabral Brea
Anuario Facultad de Derecho - Universidad de Alcalá XIII (2020) 217-233
ISSN: 1888-3214
1. PRINCIPALES ANTECEDENTES TEÓRICOS E HISTÓRICOS
PARA EL RECONOCIMIENTO DE LOS DERECHOS DE LA
NATURALEZA
La reflexión política, académica y jurídica sobre las consecuencias del calenta-
miento global, del cambio climático, de la acidificación de los océanos, de la contami-
nación ambiental, de la pérdida de la biodiversidad, de la deforestación y de la deser-
tificación, entre otros problemas que amenazan la sobrevivencia de todas las especies,
ha promovido un gran desarrollo teórico y normativo que persigue salvaguardar la
Naturaleza desde otros paradigmas. Cada vez se defiende y se avanza más en la pro-
tección de la Naturaleza a través de su reconocimiento como sujeto de derechos y se
transita de un modelo de desarrollo antropocéntrico a uno con una visión ecocéntrica 1.
Según Zaffaroni la tipificación del delito de maltrato y crueldad animal constituye
un hito fundamental para el reconocimiento de los derechos de la Naturaleza porque con-
virtió a los animales en bienes jurídicos protegibles por sí mismos, en este caso, en suje-
tos del derecho a no ser maltratados por los humanos. Apunta, que en 1824 se fundó en
Inglaterra The Royal Society for the Prevention of Cruelty to Animals, la cual consiguió
que se procesaran sesenta y tres infractores. A partir de esta experiencia las sociedades
para la prevención de la crueldad a animales y las legislaciones que penalizan dicho deli-
to se extendieron por el mundo anglosajón y más tarde al resto de los países 2.
Ahora bien, la doctrina coincide en considerar a Christopher Stone el principal pre-
cursor de los derechos de la Naturaleza 3 por su artículo titulado ¿Deben los árboles tener
pies? Hacia un reconocimiento de los derechos legales de los objetos naturales, publica-
do en 1972 en una revista jurídica de California. Stone señaló que a lo largo del tiempo
se ha aceptado como sujetos de derechos a personas y seres cuya titularidad resultaba
inconcebible. Sostuvo que el reconocimiento de la personalidad jurídica de la Naturaleza
permitiría llevar acciones judiciales en nombre de árboles, de otros elementos naturales y
del medio ambiente como unidad y reclamar indemnizaciones por los daños provocados
a estos, las cuales podrían utilizarse para su propia protección o reparación 4.
1 ANAYA, J., CASTAÑEDA, Y. y REYES, A., “El derecho al desarrollo y los derechos de
la Naturaleza”, Revista Direitos Sociais e Políticas Públicas (UNIFAFIBE), vol. 8, n.º 2, 2020, pp.
604 y 617.
2 ZAFFARONI, E., La Pachamama y el humano, Ediciones Madres de Plaza de Mayo,
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 2011, p. 46.
3 ANAYA, J., CASTAÑEDA, Y. y REYES, A., “El derecho al desarrollo y los derechos
de la Naturaleza”, cit., p. 622; BELLOSO MARTÍN, N., El debate sobre la tutela institucional:
Generaciones futuras y derechos de la Naturaleza, Universidad de Alcalá-Defensor del Pueblo,
Alcalá de Henares (Madrid), 2018, pp. 175 y ss.; MORATO LEITE, J. y FRANÇA DINNEBIER,
F., “Derechos de la Naturaleza: Fundamentos y protección por el Estado ecológico de Derecho en
América Latina”, en PEÑA CHACÓN, M. (ed.), Derecho ambiental del siglo XXI, ISOLMA, San
José, 2019, p. 109; BEDÓN, R. y SUÁREZ, S., “Derechos de la Naturaleza en Ecuador y otras
tendencias a nivel internacional”, CÁLAMO Revista de Estudios Jurídicos, n.º 11, 2019, p. 7.
4 STONE, C., “¿Los árboles deberían tener legitimidad procesal? Hacia un reconocimiento
de los derechos legales de los objetos naturales”, trad. de C. Morales, en HARDIN, G., ROSE, C. y
STONE, C., Derecho Ambiental y Justicia Social, Siglo de Editores, Bogotá, 2009.

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