Aplicación provisional del Canje de Notas constitutivo de Acuerdo entre el Reino de España y el Centro Internacional de Altos Estudios Agronómicos Mediterráneos (CIHEAM) para la modificación del Acuerdo para lograr la equivalencia entre los títulos otorgados por este último a través del Instituto Agronómico de Zaragoza y el título oficial español de Máster suscrito en 2006, hecho en Madrid y París el 23 de septiembre y 6 de octubre de 2021.

MarginalBOE-A-2021-17696
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

NOTA VERBAL

Núm.1/18.2.

El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación presenta sus saludos al Centro Internacional de Altos Estudios Agronómicos Mediterráneos (CIHEAM), y tiene el honor de referirse al Acuerdo de Reconocimiento de Títulos suscrito entre el Reino de España y el CIHEAM y materializado a través del Canje de Notas hecho en Madrid el 27 de septiembre de 2006 y a la cuestión relativa a la equivalencia del título Master of Science del CIHEAM de 60 ECTS (sistema europeo de transferencia de créditos) con los correspondientes Títulos españoles.

Teniendo en cuenta el contenido de la Decisión 141 CA (18)14 adoptada por el Consejo de Administración del CIHEAM, reunido en París los días 20 y 21 de diciembre de 2018, en la que se invita al Secretario General, así como al Director del Instituto Agronómico Mediterráneo (IAM) de Zaragoza y a las autoridades competentes del Reino de España a tomar las medidas necesarias para alcanzar un nuevo acuerdo de Equivalencia entre las Partes que conduzca a su adaptación a la nueva normativa española y a reconocer ambas categorías de Masters otorgados por el CIHEAM, así como la subsiguiente comunicación a las autoridades españolas mediante carta del Director General del IAM de Zaragoza de fecha 25 de enero de 2019, el Reino de España tiene a bien comunicar al CIHEAM su conformidad respecto de la propuesta de actualización del citado acuerdo lo que se llevaría a efecto con el contenido y en los términos que se reflejan en la adenda que se inserta a continuación de la presente Nota Verbal.

Toda vez que la adopción de este compromiso exige el cumplimiento de una serie de exigencias de orden constitucional, el Reino de España propone al CIHEAM que las disposiciones de la presente Nota Verbal se apliquen provisionalmente a partir del canje de instrumentos y que entren en vigor a partir del momento en que se reciba la última de las comunicaciones por las que las Partes se notifiquen que han cumplido los requisitos legales internos.

Si lo antes expuesto fuese aceptable para el CIHEAM, la presente Nota y la Nota de respuesta del CIHEAM expresando dicha conformidad constituirán un acuerdo entre ambos.

El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación aprovecha esta oportunidad para reiterar al Centro Internacional de Altos Estudios Agronómicos Mediterráneos (CIHEAM), el testimonio de su más alta consideración.

Madrid, 23 de septiembre de 2021.

ADENDA AL ACUERDO DE...

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