Aplicación provisional del Acuerdo entre el Reino de España y la Organización del Tratado del Atlántico Norte relativo a la cumbre de la OTAN que se celebrará en Madrid los días 28, 29 y 30 de junio de 2022, hecho en Bruselas el 20 de junio de 2022.

MarginalBOE-A-2022-10558
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

ACUERDO ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA ORGANIZACIÓN DEL TRATADO DEL ATLÁNTICO NORTE RELATIVO A LA CUMBRE DE LA OTAN QUE SE CELEBRARÁ EN MADRID LOS DÍAS 28, 29 Y 30 DE JUNIO DE 2022

El Reino de España, representado por el Embajador Representante Permanente de España ante la Organización del Tratado del Atlántico Norte, designado por el Real Decreto 969/2018, de 27 de julio;

Y la Organización del Tratado del Atlántico Norte (en lo sucesivo, denominada la «OTAN»), representada por su Director de Protocolo;

Recordando el Comunicado de la Cumbre de Bruselas emitido por los Jefes de Estado y de Gobierno el 14 de junio de 2021;

El Reino de España y la OTAN han convenido en lo siguiente:

Cláusula 1. Objeto.

El presente Acuerdo tiene por objeto exponer el entendimiento alcanzado entre el Reino de España y la OTAN sobre los principios generales para la organización de la Cumbre de la OTAN.

Cláusula 2. Fecha, lugar y participantes.

La Cumbre se celebrará en Madrid (España), los días 28, 29 y 30 de junio de 2022. El lugar de celebración de los actos se determinará conforme al procedimiento de subcontratación legalmente vigente en España.

Las salas de reunión y plenarias, así como las instalaciones vinculadas a las actividades oficiales, en las que se celebrará la Cumbre tendrán la consideración de locales de la Cumbre de la OTAN.

La asistencia a la Cumbre estará abierta a los siguientes participantes:

a) representantes de los Estados miembros de la OTAN;

b) miembros del personal internacional (PI) de la OTAN, del personal militar internacional (PMI) de la OTAN y otros funcionarios de la Organización;

c) representantes de los países socios de la OTAN;

d) representantes de los medios de comunicación; y

e) personal auxiliar.

La OTAN designará a funcionarios de su personal internacional, y autoridades militares (AM) y otros representantes de la Organización para que asistan a la Cumbre y a otras reuniones.

Cláusula 3. Locales, equipo, suministros públicos y otros servicios.

El Reino de España proporcionará, sin coste alguno para la OTAN y previo acuerdo al respecto, el espacio, las instalaciones, el equipo, los suministros públicos y los servicios necesarios para las reuniones previas y las de la Cumbre.

La licitación y ejecución de los contratos públicos a cargo del Reino de España irán acompañadas de medidas especiales de seguridad y de la protección de los intereses esenciales de seguridad de conformidad con las leyes, reglamentos y disposiciones administrativas vigentes.

El Reino de España adoptará todas las medidas logísticas para las reuniones de la Cumbre de la OTAN, con arreglo a las condiciones que acuerden entre...

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