SAP Madrid 452/2006, 13 de Octubre de 2006

PonenteNICOLAS PEDRO MANUEL DIAZ MENDEZ
ECLIES:APM:2006:13177
Número de Recurso461/2006
Número de Resolución452/2006
Fecha de Resolución13 de Octubre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 19ª

NICOLAS PEDRO MANUEL DIAZ MENDEZ EPIFANIO LEGIDO LOPEZ MIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZO

AUD. PROVINCIAL SECCIÓN N. 19

MADRID

SENTENCIA: 00452/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN 19

1280A

FERRAZ 41

Tfno.: 91 397 1861-2-3-4-0 Fax: 91 397 19 98

N.I.G. 28000 1 7020489 /2006

ROLLO: RECURSO DE APELACIÓN 461 /2006

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1153 /2005

JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 45 de MADRID

Apelante/s: TECSEGUR S.L.

Procurador: ANGEL ROJAS SANTOS

Apelado/s: FINPLUS RENTING,S.A.

Procurador: MANUEL MARTINEZ DE LEJARZA UREÑA

SENTENCIA Nº 452

Ponente: Ilmo. Sr. D. NICOLAS DIAZ MENDEZ

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. NICOLAS DIAZ MENDEZ

D. EPIFANIO LEGIDO LOPEZ

D. MIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZO

En Madrid a trece de Octubre del año dos mil seis.

La Sección Décimo-Novena de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Srs. Magistrados al margen reseñados, ha visto, en grado de apelación, los autos de juicio ordinario sobre reclamación de cantidad, seguidos en el Juzgado de Primera Instancia núm. 45 de los de Madrid bajo el núm. 1153/2005 y en esta alzada con el núm. 461/2006 de rollo, en el que han ido partes, como apelante, la entidad Tecsegur, S.L., representada por el Procurador Don Ángel Rojas Santos y dirigida por el Letrado Don Santiago Pérez Calvo, y, como apelada, la entidad Finplus Renting, S.A., representada por el procurador Don Manuel María Martínez de la Lejarza Ureña y dirigida por el Letrado Don Félix Salamanca Pascual.

Se aceptan y se dan por reproducidos, en lo esencial, los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida, en cuanto se relacionan con la presente resolución.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos más arriba indicados, con fecha 13 de Marzo de 2006, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda deducida por el Procurador Don Manuel Martínez de Lejarza Ureña, en nombre y representación de Finplus Renting, S.A., contra Tecsegur, S.L., le debo condenar y condeno a que abone a la actora noventa y dos mil doscientos ochenta con noventa y siete euros (92.280,97 euros), intereses legales desde la interpelación judicial y al abono de las costas causadas"

SEGUNDO

Contra dicha sentencia por la representación procesal de la entidad Tecsegur, S.L. se preparó e interpuso recurso de apelación, postulando se declare la nulidad de actuaciones por falta de aplicación del art. 24.1 de la CE y arts. 238.3º y 238.4º LOPJ, para señalar que el Letrado que asume la dirección letrada de la ahora apelante no pudo asistir a la audiencia previa por tener un señalamiento para el mismo día e instó su suspensión, no habiéndola instado con anterioridad a la fecha en que lo hizo porque iba a sustituirle un compañero, al que en ese momento le surgió una circunstancia que no viene al caso y no podía asistir, sí acudiendo el Procurador reiterando la solicitud de suspensión de la audiencia previa, a la que no se accedió produciendo una total indefensión, privándole de proponer prueba y de los medios de defensa; aduce además insuficiencia probatoria en la aportada de contrario y análisis de la prueba practicada en cuanto a los intereses moratorios, para señalar que la parte demandante no realiza ningún tipo de desglose de operación aritmética de donde sale la cantidad solicitada de intereses, ni justificación documental del tipo a aplicar, pese a la cual la sentencia acoge la cantidad en demanda solicitada; para terminar suplicando que con estimación del recurso se revoque la sentencia a la que se contrae y se acuerde la nulidad de actuaciones y subsidiariamente se reduzca el importe de la condena al no proceder los intereses solicitados, todo ello con imposición de costas a la contraparte en las dos instancias.

TERCERO

Por interpuesto que fue el mencionado recurso se acordó dar traslado del mismo a parte en la instancia demandante, la que presentó escrito de oposición, para en base a las alegaciones que realiza, suplicar su desestimación.

CUARTO

Remitidos los autos a esta Audiencia, con fecha registro de entrada de 30-6-2006, repartido para conocimiento del recurso a esta Sección, se formó el oportuno rollo, se designó Ponente...

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