SAP Murcia 81/2007, 28 de Mayo de 2007

PonenteALVARO CASTAÑO PENALVA
ECLIES:APMU:2007:1144
Número de Recurso57/2007
Número de Resolución81/2007
Fecha de Resolución28 de Mayo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

MURCIA

SENTENCIA: 00081/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MURCIA

SECCIÓN 001

Domicilio:PASEO DE GARAY Nº5 MURCIA 3º PLANTA PALACIO DE JUSTICIA

Telf :968-229183

Fax :968-229184

Modelo : 00120

N.I.G. : 30030 37 2 2007 0100649

ROLLO : APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000057 /2007

Juzgado procedencia :JDO. DE LO PENAL N. 1 de MURCIA

Procedimiento de origen :PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000321 /2006

RECURRENTE : Antonio

Procurador/a :FRANCISCO DE ASIS ALEDO MONZO

Letrado/a :ANTONIA RUBIO BERNARDEAU

RECURRIDO/A : Augusto

Procurador/a :JOSE JULIO NAVARRO FUENTES

Letrado/a :JOSE MARIA CABALLERO SALINAS

SENTENCIA

NÚM. 81/07

ILTMOS. SRS.

D. FRANCISCO JOSÉ CARRILLO VINADER

PRESIDENTE

D. ANDRÉS MONTALBÁN AVILÉS

D. ÁLVARO CASTAÑO PENALVA

MAGISTRADOS

En la Ciudad de Murcia, a veintiocho de mayo de dos mil siete.

Habiendo visto en grado de apelación la Sección Primera de esta Ilustrísima Audiencia Provincial el Proceso Abreviado de la Ley Orgánica 7/88 que por delito de lesiones se ha seguido en el Juzgado de lo Penal número Uno de los de Murcia, bajo el núm. 321/06, y antes en el Juzgado de Instrucción núm. Cinco de Murcia como Diligencias Previas núm. 3.429/04 contra Antonio, representado por el Procurador D. Francisco Aledo Monzó y defendido por la Letrada Dª. Antonia Rubio Bernardeau, habiendo sido partes en esta alzada en calidad de apelados el Ministerio Fiscal y D. Augusto, actuando este último como acusación particular, representado por el Procurador D. José Julio Navarro Fuentes y dirigido por el Letrado D. José María Caballero Salinas, y en calidad de apelante el mentado acusado. Es ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. ÁLVARO CASTAÑO PENALVA, que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Penal citado dictó en los referidos autos sentencia con fecha 6 de noviembre de 2.006, sentando como hechos probados los siguientes: "Único: Que el día 13-Abril- 05, el acusado Antonio, nacido el 15-10-84, y sin antecedentes penales, en unión de un menor de edad penal al parecer ya condenado en el Juzgado de Menores, encontrándose sobre las 21 horas en el Pub Fauna de Murcia, y sin motivo aparente golpearon a Augusto : concretamente el menor, golpeó primero en la boca y nariz mediante un fuerte puñetazo a Augusto, para seguidamente el acusado Antonio agredirle con una botella que le impactó en la cabeza, cayendo Augusto al suelo donde le siguieron pegando ambos y algunos más que iban con ellos, resultando Augusto finalmente con lesiones consistentes en traumatismo frontal con herida frontal que precisó sutura y traumatismo facial con fractura de arista nasal y lesiones en pieza dental 11, tardando en curar 30 días, estando impedido durante 7 días, necesitando para su curación además de la primera asistencia, tratamiento odontológico (raspaje y alisado radicular, y restauración con composite de pieza dental 11), quedándole como secuelas cicatriz poco visible de cuero cabelludo a nivel frontal (1 punto) y lesión de pieza dental 11 que precisaron restauración (1 punto)".

SEGUNDO

Estimando el Juzgador recurrido que los referidos hechos probados eran constitutivos de delito, dictó el siguiente "FALLO: Que debo condenar y condeno a Antonio como autor criminalmente responsable del delito de lesiones ya definido, a la pena de dos años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio...

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