SAP Madrid 245/2006, 18 de Mayo de 2006
Ponente | MODESTO DE BUSTOS GOMEZ-RICO |
ECLI | ES:APM:2006:7047 |
Número de Recurso | 519/2005 |
Número de Resolución | 245/2006 |
Fecha de Resolución | 18 de Mayo de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 13ª |
MODESTO DE BUSTOS GOMEZ-RICO CARLOS CEZON GONZALEZ VICTORIANO JESUS NAVARRO CASTILLO
AUD. PROVINCIAL SECCIÓN N. 13
MADRID
SENTENCIA: 00245/2006
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
Sección 13
1280A
FERRAZ 41
Tfno.: 3971921 Fax: 3971998
N.I.G. 28000 1 7007764 /2005
Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 519 /2005
Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 69 /2004
Órgano Procedencia: JDO. DE LO MERCANTIL N. 3 de MADRID
De: David, Salvador
Procurador: FLORENCIO ARAEZ MARTÍNEZ, FLORENCIO ARAEZ MARTÍNEZ
Contra: LODAPA, S.A.
Procurador: MARIA DEL CARMEN LOZANO RUIZ
Ponente: Ilmo. Sr. D. MODESTO DE BUSTOS GOMEZ RICO
Magistrados:
Ilmo. Sr. D. MODESTO DE BUSTOS GOMEZ RICO
Ilmo. Sr. D. CARLOS CEZÓN GONZÁLEZ
Ilmo. Sr. D. VICTORIANO JESUS NAVARRO CASTILLO
SENTENCIA
En MADRID, a dieciocho de mayo de dos mil seis. La Sección Decimotercera de la
Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio ordinario sobre impugnación acuerdos sociales, procedentes del Juzgado Mercantil nº 3 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como demandantes-apelantes DON David y DON Salvador, y de otra, como demandada-apelada LODAPA, S.A.
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de Mercantil nº 3, de Madrid, en fecha 6 de abril de 2005, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo desestimar la demanda interpuesta por D. David y D. Salvador contra LODAPA, S.A. absolviendo a la demandada de la pretensión ejercitada con imposición a la parte actora de las costas causadas.".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por las partes demandantes, que fueron admitidos en ambos efectos, de los cuales se dieron traslado a la parte apelada, elevándose los autos ante esta Sección con fecha 21 de julio de 2005, para resolver el recurso.
Recibidos los autos en esta Sección, se formó el oportuno Rollo turnándose su conocimiento, a tenor de la norma preestablecida en esta Sección de reparto de Ponencias, y conforme dispone la Ley de Enjuiciamiento Civil, quedó pendiente para la correspondiente DELIBERACIÓN, VOTACIÓN Y FALLO, la cual tuvo lugar, previo señalamiento, el día 11 de mayo de 2006.
En la tramitación del presente recurso se han observado todas las disposiciones legales.
Se acepta íntegramente y se dá por reproducida la fundamentación jurídica de la sentencia apelada.
El 19 de noviembre de 2004 Don David y Don Salvador, en su condición de miembros del Consejo de Administración de la mercantil Lodapa, S.A. cuyo objeto social lo constituye la titularidad y explotación de noventa plazas de garaje, presentaron la demanda que dá origen al presente juicio ordinario por la que, al amparo de lo dispuesto en los artículos 143 y 115 de la Ley de Sociedades Anónimas de 22 de diciembre de 1989, impugnan el acuerdo adoptado dentro del punto cuarto del orden del día de la reunión del Consejo de Administración de la indicada sociedad que tuvo lugar el 20 de octubre de 2004, consistente en la "revisión de las condiciones económicas de arrendamiento de servicios suscrito con Sociedad de Servicios Integrales Baluarte, S.L.". El acuerdo fue aprobado con el voto favorable de tres consejeros, haciéndolo en contra los dos demandantes, que se reservaron en dicho acto las acciones legales pertinentes -folios 21 a 25-. El incremento venia a suponer poco mas de 700...
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