Alternativas planteadas en 1787 a los Artículos de la Confederación

AutorJorge Pérez Alonso
CargoAbogado Investigador del Seminario Martínez Marina de Historia Constitucional
Páginas466-499
Historia Constitucional
ISSN 1576-4729, n. 23, 2022. http://www.historiaconstitucional.com, págs. 466-499
ALTERNATIVAS PLANTEADAS EN 1787 A LOS
ARTÍCULOS DE LA CONFEDERACIÓN
ALTERNATIVES PRESENTED IN 1787 TO ARTICLES OF
CONFEDERATION
Jorge Pérez Alonso
Cátedra Martínez Marina de Historia Constitucional
SUMARIO: I.- INTRODUCCION. II.- LA CRISIS DEL SISTEMA CONFEDERAL
ESTADOUNIDENSE. 2.1.- Los Artículos de la Confederación. 2.1.1.- Proceso de
elaboración. 2.1.2.- Sistema institucional. 2.1.2.1.- El Congreso. 2.1.2.2.- Órganos
ejecutivos unipersonales. 2.2.- Crisis del sistema. III.- LAS ALTERNATIVAS
PLANTEADAS EN 1787. 3.1.- Planteamientos de carácter federal. 3.1.1.- La
propuesta de John Jay. 3.1.2.- La propuesta de Henry Knox. 3.1.3.- La propuesta
de James Madison y el Plan Virginia. 3.1.4.- La propuesta de Alexander Hamilton.
3.2.- Planteamientos de carácter confederal. 3.2.1.- Confederación de estados:
William Paterson y el Plan de Nueva Jersey. 3.2.2.- Confederación de repúblicas.
3.3.- La opción monárquica. IV.- CONCLUSIÓN
Resumen: Durante el “periodo crítico” (1783-1782) las deciencias de los Artículos
de la Confederación y el fracaso del Congreso Continental para llevar a efecto sus
resoluciones cuando contaban con la oposición de los estados, llevó a un movimiento
tendente a reforzar las instituciones federales. El presente articulo desarrolla las
alternativas a los Artículos que se presentaron en la Convención Constitucional de
1787.
Abstract: During the “critical period” (1783-1787), the aws of the Articles
of Confederation and the failure of the Continental Congress to carry out his
resolutions when oppossed by individual states, led to a movement to strength the
federal institutions. This article explores the alternatives to the Articles presented
in the Constitutional convention of 1787.
Palabras clave: Confederación – Federalismo - Estados Unidos
Key words: Confederation – Federalism - United States
I.- INTRODUCCIÓN.
El día 1 de febrero de 1787, veinte días antes que el Congreso de los Estados
Unidos aprobase la convocatoria de una reunión de delegados a los efectos de
estudiar una reforma de los Artículos de la Confederación, apareció el primer
número de una nueva revista, la American Museum. En el mismo se incluyeron tres
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artículos, el primero de los cuales, titulado Carta al Pueblo de los Estados Unidos1,
llevaba la rma de Benjamín Rush, médico de Pennsylvania que era un gran amigo
y condente de la familia Adams. En el citado escrito, Rush sometía a una crítica
inmisericorde los Artículos de la Confederación, enumeraba los principales defectos
que a su juicio poseía el sistema confederal2 y defendía un poder central fuerte
capaz de imponer sus decisiones sobre los distintos estados, para nalizar con un
patriótico y vivaz llamamiento:
“¡Patriotas de 1774, 1775, 1776 – HEROES de 1778, 1779, 1780, avanzad! ¡Vues-
tro país requiere vuestros servicios! ¡Filósofos y amigos de la humanidad, avanzad!
¡Vuestro país requiere vuestros estudios y reexiones! ¡Amantes de la paz y el or-
den, que declinaron tomar parte en la última guerra, avanzad! ¡Vuestro país per-
dona vuestra falta de coraje, y requiere vuestra inuencia y consejo! ¡Escuchadle
proclamando, en sus suspiros y gemidos, en sus gobiernos, en sus nanzas, en su
comercio, en sus bienes, en su moral y en sus formas, “¡LA REVOLUCIÓN NO HA
TERMINADO!”
Seis meses más tarde, el 4 de agosto de 1787, Thomas Jefferson, embajador
de los Estados Unidos en el Reino de Francia, se dirigió por escrito a su amigo,
el también virginiano Edward Carrington. En tal carta, Jefferson se refería a la
Convención constitucional en los siguientes términos que evidenciaban, a juicio
del diplomático estadounidense, las carencias del sistema confederal así como las
soluciones que procedía adoptar para solventarlas:
“Me alegra comprobar que los estados han venido a aceptar generalmente el marco de
la Convención Federal, de donde creo saldrán sabias medidas. Coneso que no iría
tan lejos en las reformas consideradas necesarias como algunos de mis interlocuto-
res en América; pero si la Convención adoptase tales medidas, las supondría necesa-
rias. Mi plan general consistiría en convertir los estados en uno para todo lo relativo
a naciones extranjeras, y mantenerlos separados para todo lo puramente doméstico.
Pero con todas las imperfecciones de nuestro actual sistema, es sin comparación el
mejor existente o que haya existido. Su mayor defecto es la forma inadecuada en la
que se han regulado los asuntos de comercio. Se ha dicho con tanta frecuencia que
es creencia general, que el Congreso carece de poder para hacer cumplir cualquier
cosa, por ejemplo, contribuciones monetarias. No era necesario otorgarlo de forma
expresa; lo tiene por ley de naturaleza”3
1 El texto del documento puede consultarse en John P. KAMINSKI & Gaspare J. SALADINO (ed),
Documentary History of the Ratication of the Constitution, vol XIII, Madison State Historical Society
of Wisconsin, p. 45-49.
2 Según Rush, eran cuatro los principales defectos imputables al sistema, los dos primeros de
naturaleza competencial y los dos últimos de tipo organizativo: “1º.- Carecer de poder de coerción;
2º.- Carecer del poder exclusivo de emitir papel monera y regular el comercio; 3º.- Atribuir el poder
soberano de los Estados Unidos a una sola cámara; 4º.- La excesiva rotación de los miembros de
ésta.”
3 The papers of Thomas Jefferson, vol. XI, Princeton University Press, 1955, p. 678.
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Cabe preguntarse qué había ocurrido durante el sexenio comprendido entre
1781 y 1787 para que dos personas como Rush y Jefferson, tan dispares desde el
punto de vista ideológico, coincidiesen en que el sistema institucional de los Artículos
de la Confederación hacía inviable un gobierno sólido y ecaz precisamente debido
a los vicios inherentes a su propia naturaleza. Y es lícito preguntarse también, a
la vista de las diferentes soluciones que ambos proponían, qué tipo de alternativas
se barajaron con el objetivo de reformar el sistema confederal. El presente artículo
pretende ofrecer respuesta a ambas cuestiones.
II.- LA CRISIS DEL SISTEMA CONFEDERAL ESTADOUNIDENSE.
2.1.- Los Artículos de la Confederación.
2.1.1.- Proceso de elaboración.
El intento de articular un sistema unitario que agrupase a las diferentes
colonias precedió incluso a la propia Declaración de Independencia. El día 21 de
julio de 1775 el Congreso Confederal debatió un proyecto remitido por Benjamín
Franklin, los “Artículos de la Confederación y Unión Perpetua4, cuya denominación
sería: “las Colonias Unidas de Norte América”. Tales colonias se constituirían en
una: “rme liga de amistad mutua, vinculándose a sí mismas y a su posteridad”,
para unos nes generales en cuya delimitación se explicita claramente la inuencia
de Locke: “una defensa común frente a sus enemigos, para asegurar sus libertades
y propiedades y la seguridad de sus personas y familias, su bienestar mutuo y
general”, si bien, dado que en esos momentos no se descartaba aún en modo alguno
la posibilidad de una reconciliación con Gran Bretaña, limitaba su vigencia hasta
que se produjese dicha reconciliación. La iniciativa dejaba en manos de cada colonia
todos los asuntos que afectasen a sus intereses, pero establecía una organización
central integrada por un Congreso General y un Consejo Ejecutivo. El primero de
los citados órganos lo integrarían delegados elegidos anualmente por las colonias, y
ostentaría competencias relativas a: “… declarar la guerra y la paz, enviar y recibir
embajadores, entablar alianzas (la reconciliación con Gran Bretaña), solventar todas
las disputas y diferencias entre las colonias y sobre los límites o cualquier otra causa
que surja, y el establecimiento de nuevas colonias cuando fuese necesario” a las que
se añadía la de: elaborar las Ordenanzas generales necesarias para el bienestar
general, algo para lo que las Asambleas particulares no pueden ser competentes;
las que afecten a nuestro comercio general, o moneda general; establecimiento de
puestos, y regulación de ejército común.” El Consejo Ejecutivo estaría integrado por
doce personas elegidas por el Congreso de entre sus miembros5. La iniciativa, no
4 Journals of Continental Congress, Government Printing Ofce, 1905, vol II,195-199.
5 El Plan de Franklin se ampara en dos claros principios: primacía de las colonias (a quienes
corresponde la gestión de sus propios asuntos) y división de poderes, si bien limitado únicamente a
los poderes legislativo y ejecutivo, atribuidos respectivamente al Congreso y al Consejo ejecutivo. Es
signicativo que no se mencione el poder judicial, lo que es indicio que en Franklin pesaba mucho
más la inuencia de Locke que la de Montesquieu o Blackstone, pues éstos, a diferencia de aquél,
ya incluían de forma expresa en su teorización sobre la división de poderes, al judicial.

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