ORDEN EYE/2279/2009, de 7 diciembre, por la que se modifica la Orden EYE/2190/2008, de 15 de diciembre, por la que se establecen las Bases Reguladoras de las subvenciones para apoyo a la realización de inversiones para ahorro energético y la mejora de la eficiencia energética en el sector transportes de la Comunidad Autónoma de Castilla y León

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

favorable concediendo la subvención llevará consigo la orden de pago inmediato de la misma.

· Base 11.' Instrucción. Quedará redactada como sigue:

El órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento es el Servicio de Fomento del Ahorro Energético y Energías Renovables de la Dirección General de Energía y Minas.

· Base 12.' Resolución. Su primer párrafo se sustituye por los dos siguientes:

El órgano competente para resolver es el Consejero competente en materia de energía, sin perjuicio de las delegaciones y desconcentraciones que puedan efectuarse.

La resolución se dictará a propuesta del órgano instructor, previos los informes correspondientes (e informe técnico del Ente Regional de la Energía de Castilla y León, para los casos que se requiera este informe).

· Base 12.' En su último párrafo, la expresión 'recurso de reposición ante el Consejero competente en materia de energía, en el plazo de un mes' se sustituye por 'recurso de reposición ante el órgano que resolvió la solicitud, en el plazo de un mes'.

· Base 13.' Modificaciones. Su primer y segundo párrafo quedarán redactados como sigue:

Si una vez concedida la subvención se produce alguna de las incidencias siguientes, deberá comunicarse al órgano que dictó la resolución que, siempre que no suponga un aumento de la subvención ni dañe derechos de terceros,resolverá autorizando o no la modificación, siempre que la comunicación se haya producido en el plazo establecido en la convocatoria.

Cuando las condiciones técnicas (ahorro, potencia...) de las actuaciones o equipos subvencionados varíen, por causas ajenas al interesado, respecto de las inicialmente reflejadas en la solicitud, y que inicialmente sirvieron de base para el cálculo de la subvención.

· Base 13.' Modificaciones. Se mantiene la segunda causa de modificación ('Cuando se solicite una prórroga del plazo de presentación...'), así como el párrafo que sigue (En este caso...), y se elimina el último párrafo.

· Base 14.' Justificación y pago. Las letras b) y h), quedan redactadas como sigue:

  1. Certificado/s, según modelo indicado en la convocatoria, emitido/s por el/los proveedores, con indicación expresa del cobro del importe íntegro de la factura/s emitida/s. En el caso de entidades locales, puede sustituirse por el certificado de reconocimiento de obligaciones según modelo previsto en la convocatoria.

  2. Cuando resulte de aplicación el Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios (RITE, RD 1027/2007, de 20 de julio), declaración de la empresa instaladora de haber solicitado el registro de la instalación ante el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo correspondiente, indicando en qué provincia y en qué fecha se solicitó y, en todo caso, siempre antes del 15 de septiembre.

    · Base 15ª. Criterios de graduación de incumplimientos.

    Se elimina su último párrafo.

    Segundo. La presente Orden entrará en vigor el día de su publicación en el 'Boletín Oficial de Castilla y León'.

    Valladolid, 7 de diciembre de 2009.

    El Consejero de Economía y Empleo,

    Fdo.: TOMÁS VILLANUEVA RODRÍGUEZ ORDEN EYE/2279/2009, de 7 diciembre, por la que se modifica la Orden EYE/2190/2008, de 15 de diciembre, por la que se establecen las Bases Reguladoras de las subvenciones para apoyo a la realización de inversiones para ahorro energético y la mejora de la eficiencia energética en el sector transportes de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

    La Orden EYE/2190/2008, de 15 de diciembre, por la que se establecen las Bases Reguladoras de las subvenciones para apoyo a la realización de inversiones para ahorro energético y la mejora de la eficiencia energética en el sector transportes de la Comunidad Autónoma de Castilla y León se publicó en el 'Boletín Oficial de Castilla y León' el 22 de diciembre de 2008. Con fecha 20 de febrero de 2009 se publicó una corrección de errores a dicha Orden.

    Se considera ahora necesario efectuar cambios en el texto de la Orden, principalmente con objeto de adecuarla al Decreto 23/2009, de 26 de marzo, de medidas relativas a la simplificación documental en los procedimientos administrativos, y su normativa de desarrollo, así como de modificar la relación de beneficiarios de las ayudas y lo relativo a las actuaciones subvencionables y cuantías de subvención, y establecer un nueva prioridad en la resolución de las solicitudes, con nuevos plazos para su presentación.

    En...

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