ORDEN MAH/255/2006, de 16 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para el fomento de las actuaciones de las agrupaciones de defensa forestal (ADF) y sus federaciones, y se hace pública la convocatoria para el año 2006 (código de la convocatoria 04.09.06).

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

MAH/255/2006, de 16 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para el fomento de las actuaciones de las agrupaciones de defensa forestal (ADF) y sus federaciones, y se hace pública la convocatoria para el año 2006 (código de la convocatoria 04.09.06).

Dado que la Ley 6/1988, forestal de Cataluña, regula en el capítulo 2 las agrupaciones de defensa forestal (ADF), y les otorga personalidad jurídica plena para facilitar la importante tarea que deben llevar a cabo estas agrupaciones en materia de prevención, actuación inmediata y soporte en la extinción de los incendios forestales, en colaboración con la Administración de la Generalidad de Cataluña, la Administración local y particulares;

De acuerdo con la normativa mencionada y en el marco de la cooperación y colaboración económica de la Administración de la Generalidad de Cataluña con las ADF de Cataluña, es de interés establecer y conceder una línea de ayudas económicas con el fin de contribuir al mantenimiento del dispositivo operativo de las ADF y potenciar las actuaciones de prevención, actuación inmediata y soporte en la extinción de los incendios forestales;

Dado lo que dispone el capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, y haciendo uso de las facultades que me confiere la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña;

Dado lo que dispone la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones,

Ordeno:

Artículo 1

Aprobar las bases reguladoras de las ayudas para el fomento de las actuaciones de las agrupaciones de defensa forestal (ADF) y sus federaciones, que se publican en los anexos de la presente Orden.

Artículo 2

Abrir la convocatoria de ayudas descritas en el artículo 1 para el 2006, que se regirá por esta Orden y sus anexos.

Artículo 3

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde la entrada en vigor de esta Orden.

Artículo 4

4.1 Las solicitudes se deben formalizar en el impreso normalizado que facilita el Departamento de Medio Ambiente y Vivienda. Se deberá presentar una solicitud por ADF o por federación de ADF, la cual podrá incluir varias actuaciones.

4.2 Las solicitudes se deben presentar preferentemente en los Servicios Territoriales del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda, en el registro de los servicios centrales del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda (av. Diagonal, 523-525, 08029 Barcelona), en el registro de la Dirección General del Medio Natural (c. Dr. Roux, 80, 08017 Barcelona), en el Servicio de Prevención de Incendios Forestales (finca Torreferrussa, carretera de Sabadell a Santa Perpètua de Mogoda, PK 4,5, 08130 Santa Perpètua de Mogoda), y por los medios que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen administrativo de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Los impresos también se podrán obtener a través de Internet, en la dirección electrónica .

Artículo 5

La presentación de las solicitudes implica la plena aceptación de las bases reguladoras.

Artículo 6

6.1 La dotación máxima para esta convocatoria es de 1.800.000 euros. Esta cantidad se distribuye de la manera siguiente:

6.1.1 Ayuda por actuación a las ADF con un importe máximo de 1.302.400 euros, distribuido de la siguiente manera:

Ayuda por actuaciones de inversión con una dotación de 740.000 euros.

Ayuda por actuaciones de mantenimiento con una dotación de 562.400 euros.

6.1.2 Ayuda a las federaciones para programas de soporte técnico y coordinación operativa con una dotación de 137.600 euros.

6.1.3 Ayuda a las ADF y a las federaciones por programas piloto con una dotación de 360.000 euros.

6.2 La financiación de las ayudas previstas en la presente Orden correspondientes a la convocatoria de 2006 correrá a cargo de las partidas presupuestarias del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda siguientes:

MA04D/782000100/5510.

MA04D/482000100/5510.

6.3 A la vista de las solicitudes de subvención recibidas, el posible excedente de crédito de algunos de los tipos de ayuda en concreto, a propuesta del órgano colegiado descrito en la base 6.3, se podrá transferir para cubrir los déficits que pueda haber en algún otro tipo de ayuda.

6.4 El crédito inicial indicado en el artículo 6.1 puede ser modificado con sujeción a la normativa vigente.

Disposición derogatoria

Se deroga la Orden MAH/126/2005, de 1 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para el fomento de las actuaciones de las agrupaciones de defensa forestal (ADF) y sus asociaciones, y se hace pública la convocatoria para el año 2005 (DOGC núm. 4360, de 11.4.2005).

Disposición final

Esta Orden entra en vigor el día siguiente al día que se publique en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Barcelona, 16 de mayo de 2006

Francesc Baltasar i Albesa

Consejero de Medio Ambiente y Vivienda

Anexo 1

Bases reguladoras de las ayudas para el fomento de las actuaciones de las agrupaciones de defensa forestal (ADF) y sus federaciones.

.1 Tipos de ayuda

Se establecen tres tipos de ayuda:

a) Ayuda por la actuación de las ADF.

b) Ayuda a las federaciones de ADF para programas de soporte técnico y coordinación operativa.

c) Ayuda a las ADF y las federaciones de ADF, por programas piloto.

a) Ayuda por la actuación de las ADF.

La finalidad de esta ayuda es que las ADF se doten de material, prioritariamente para la prevención de incendios de una forma planificada y coherente con su estructura y necesidades reales, y tengan una previsión coherente de las necesidades reales durante las próximas campañas de verano.

a.1) Ayudas para actuaciones de inversión. Esta ayuda incluirá la adquisición de material especificado en el anexo 2.A (adquisición de material de prevención, vehículos, etc.).

a.2) Ayudas para actuaciones de mantenimiento. La ayuda concedida por este apartado no podrá exceder del 40% del total de la ayuda para actuaciones de inversión. Estas ayudas pueden ser de dos tipos:

a.2.1) Ayudas de mantenimiento de la infraestructura ya existente. Es una ayuda básica para el mantenimiento del material de que ya disponen las ADF. Incluirá los conceptos especificados en el anexo 2.B (ITV, seguros, impuesto de circulación, reparaciones de material, etc.).

a.2.2) Ayudas para equipamientos personales, cartografía y otros. Incluirá los conceptos especificados en el anexo 2.C (equipos personales, cartografía, etc.).

El importe de las ayudas descritas en los apartados a.1) y a.2) se determinará de acuerdo con los baremos de puntuación que constan en la base 7, de forma que los importes máximos de las ayudas serán:

Las 30 ADF con más puntuación: un importe máximo de 21.000 euros por ADF.

Las siguientes 30 ADF: un importe máximo de 16.000 euros por ADF.

Las siguientes 40 ADF: un importe máximo de 6.000 euros por ADF.

El resto hasta agotar el presupuesto: un importe máximo de 3.000 euros por ADF.

b) Ayuda a las federaciones para programas de soporte técnico y coordinación operativa.

La finalidad de esta ayuda es que las federaciones hagan programas de soporte a la actuación de las ADF durante el año 2006, desglosando la parte de soporte técnico de la parte de coordinación durante la campaña de verano.

La cuantía de la subvención máxima por federación de ADF es de 13.760 euros.

Esta ayuda consta de dos subprogramas:

b.1) Ayuda para programas de planificación preventiva, y elaboración y actualización del inventario de recursos materiales y humanos. La cuantía de la subvención máxima para este subprograma y por federación solicitante es de 5.504 euros.

Este programa consistirá en dar soporte y asesoramiento a las ADF de la federación y elaborar un inventario de recursos materiales y humanos de las ADF integrantes, de acuerdo con el modelo que se puede solicitar en la Dirección General del Medio Natural.

b.2) Ayuda para programa de coordinación operativa. La cuantía de la subvención máxima para este subprograma y por federación solicitante es de 8.256 euros.

Este programa consistirá en coordinar operativamente a las ADF de la federación en las tareas de prevención y actuación inmediata durante la campaña de verano 2006, y la elaboración de un dossier con las actuaciones realizadas (prevención, actuación inmediata, vigilancia, otros relacionados con la campaña 2006), de acuerdo con el modelo que se puede solicitar a la Dirección General del Medio...

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